PRG22, no te equivoques, no admito tu afirmación de que estoy siempre del lado de la administración, intento estar siempre del lado de la legalidad. En el foro simplemente me limito a expresar mi opinión sobre las dudas o preguntas que la gente aquí plantea desde el punto de vista legal, a mi entender. Manifestada mi opinión, el receptor podrá tenerla, o no, en consideración procediendo según le convenga.
Y es que sin conocer a ninguna de esas personas y aún sabiendo que jamás voy a verles la cara, nunca mis consejos estarán basados, a sabiendas, en propuestas de actuaciones ilegales o en consejos que posibiliten evadir la legalidad, entre otras cosas porque no es mi estilo pero fundamentalmente porque siempre, siempre, me pongo en el lugar de quien tiene el problema y pienso en las posibles consecuencias, de todo tipo, que para el demandante de ayuda pueda tener si tomara al pié de la letra mis consideraciones.
Sobre el urbanismo hace muchos años que venga reflexionando PRG22, especialmente sobre los cientos de miles de viviendas ilegales construidas sin licencia o al margen de ella o en suelo no urbanizable las cuales, en la inmensa mayoría, no son fruto de recalificaciones efectuadas en beneficio de adinerados promotores, sino de “ espabilados “ que creyeron que las determinaciones de la ley no iba a afectarles a ellos. No soy tan ingenuo para creer en la “ ingenuidad “ urbanística de la gente.
Y es que decir que las actuaciones de esas personas que describes no hacen daño a nadie es una falsedad, hacen daño, y mucho, porque degradan el medio ambiente y también perjudican al resto de vecinos del municipio, desde el momento que los ayuntamientos se ven obligados a dotar de servicios a esas viviendas ilegales con cargo a los impuestos que pagan todos los ciudadanos.
Tengo que confesarlo, no siento ninguna compasión por ellos cuando de aplicarles la ley se trata y te aseguro, que es una práctica habitual y cotidiana mía la lucha para que también la administración actúe desde la legalidad.
topnano, tu casa según los datos que das está prescrita, los elementos estéticos no cuentan a la hora de determinar la terminación o no de la misma, respecto lo que dice alga de aportar certificado final de obra, claramente no puede existir en una vivienda ilegal, lo de salubridad, tu casa puede ser perfectamente salubre, pero no tener ningún certificado al respecto. Un andamio no quiere decir que esté por terminar, más aún tu puedes decir que era para pintar o limpiar la fachada si es de ladrillo visto, actuaciones para las que no se necesita licencia. Tu lo que tienes que conseguir es todas las pruebas posibles que puedas sobre la terminación de la obra, por ejemplo facturas, certificado de empadronamiento, ortofoto con fecha superior a cuatro años, IBI superio a cuatro años (hace varios años para dar de alta en ibi, solo pedían foto de la vivienda terminada y solicitud de alta), revisa toda la documentación del expediente con lupa, los mismos informes del ayuntamiento pueden ser útiles en tu defensa si tiene fallos de forma o de procedimiento, que suelen ser comunes, la forma de hacer las actas de inspección si se hizo la misma correctamente, si no se levantó la notificación de las mismas en tiempo y forma, etc. La prescripción es precisamente un elemento legal que impide que una infracción se eternice en el tiempo y que tenga un final, luego es una garantía legal que debe respetarse igual que cualquier otra, y que los Ayuntamientos parecen olvidar. Para buscar la jurisprudencia que hay mucha, entra en la base de datos del tribunal supremo, CENDOJ y allí tiene un buscador por frases palabras, etc. Que el ayuntamiento no te de la razón a las pruebas que aportas no quiere decir que tengan razón tu lucha en el contencioso, es lo que muchos Ayuntamiento hacen últimamente es forzar al denunciado a que gane o pierda en el contencioso, así ellos se lavan las manos en caso de imputación por omisión del deber de perseguir las infracciones urbanísticas.
Alga le metes mucha caña a la gente, te pones siempre del lado de la administración, ya sabemos que son ilegales, pero ve la siguiente reflexión. Un trabajador normal, vive de alquiler, quiere mejorar la situación de su familia, su padre tenía un pequeño terreno, no urbanizable ya que no ha tenido nunca influencia ante los concejales ni dinero para comprar la recalificación de su terreno, si esta persona con su esfuerzo, sin hacer daño a nadie, se hace una casa para vivir con su familia sin vistas a especular, realmente crees que esta persona es un delincuente, a mi parecer no es un delincuente, es un luchador, pero según las leyes es un delincuente por que está cometiendo un delito contra la ordenación del territorio. Ahora, un señor con miles de millones de euros compra un terreno de miles de metros cuadrados en no urbanizable, por arte de magia resulta que al año siguiente se modifica el plan general o normas subsidiarias y esos terrenos pasan a ser urbanizables, esta persona construye cientos de chalets para venderlos y enriquecerse, para mi esto si que es un delito, y la ley dice lo contrario.
La jurisprudencia considera que se encuentra acabada una construcción cuando está en condiciones de darle el uso para el que fué construida.
Es decir, conforme a proyecto y licencia concedida que podra demostrarse aportando certificado de final de obra visado por el colegio profesional correspondiente y ademas con las debidas exigencias mínimas de salubridad, que sin lugar a dudas en tu caso no se cumplen.
En mi opinión deberás encontrar otros argumentos para demostrar la prescripción, para el ayuntamiento la casa no estaba terminada cuando inición el expediente.
Hola Alga, te cuento: La casa esta ubicada en una zona rustica donde el ayuntamiento ha dejado "construir a cambio de una sanción" (hay cientos de casas así en esa zona".
Tengo suministro electrico, agua de una cooperativa de un canal, todo ello desde hace más de 6 años.
Lo que ha ocurrido es, que al Ayuntamiento se le ha olvidado mi casa, así de claro. Ha multado a todas y se dejó la mía. Y ahora se han dado cuenta y quieren recaudar porque van flojos de dinero.
Ahora, después de 6 años de acabarla y habitar, me dicen que no ha prescrito porque me he dejado un andamio en una parte de la fachada (lleva allí más de 7 años, en serio)
Imagino que al arquitecto del pueblo le habrán dicho de todo por su "olvido" y ahora me saca esta escusa.
Creo recordar, pero no sé el lugar, que había jurisprudencia que decía que la casa se encontraba finalizada si estaba apta para el fin que se construyó.
Quiero decir con ello que, no se debería entrar en cuestiones estéticas en si una persona quiere lucir una fachada o dejarla ladrillo vista ¿no?
De hecho, una de las peculiaridades de mi casa, es esa combinación en una de las fachadas, aunque esta totalmente acabada desde hace años y ha salido en tv (no sé si serviría de prueba)
Pregunto, ¿ viales asfaltados, encintado de aceras, conexión a las redes públicas de abastecimiento de agua y alcantarllado, alumbrado público, se incluye en lo que consideras todos los servicios ?
Hola a tod@s.
Os comento mi caso, que viene por una propuesta de resolución por construcción finalizada en 2004 en terreno rustico.
La casa esta acabada en 2004, incluso ha salido en reportajes de casas en televisión (es muy peculiar la casa), pero nos dejamos un anadamio viejo, oxidado y olvidado en un lateral, y ese el único argumento que dice el ayuntamiento que la casa no esta acabada.(agosto de 2010)
Me consta que hay jurisprudencia del TS y del TSJ que dice que se considerará la finalización de una construcción cuando esta tenga todos sus servicios, altas, comodidades, y esté al servicio del fi para que se construyó.
Les hemos argumentado con mil fotos, ortofotos, altas de luz y agua, testimonios de vecinos,etc.
Si alguien me puede facilitar jurisprudencia y/o consejos se lo agradecería mucho.