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Prescripción? resp.civil

2 Comentarios
 
perfil Tog
12/07/2008 11:55
Gracias oski, me dejas más tranquilo. Ojalá que seas el Abogado de la Cia de Seguros.
09/07/2008 23:42
Efectivamente, no ha empezado a contar el plazo prescriptivo. Y tendrás un año, paara entablar la acción civil desde el archivo de las diligencias penales, y no desde la firmeza de la sentencia. Y debe entenderse el archivo como la fecha de la notificación del auto de archivo de las diligencias, ya sea por auto de sobreseimiento, sentencia o título ejecutivo.

El periodo prescriptivo es único para todos los perjudicados y aunque la madre no sea parte en el procedimiento penal, no contará el año para ejercitar acción civil hasta la finalización del procedimiento penal.

No se si esaseran tus dudas. Saludos.
Prescripción? resp.civil
perfil Tog
06/07/2008 23:13
Reclamo daños y perjuicios para una familia (cónyuge e hijos) como consecuencia de fallecimiento en accidente de circulación. Solicité en su día que me indicaran quienes eran los familiares vivos en línea ascendente y descendente que a parte del cónyuge eran los perjudicados beneficiarios de la indemnización. Transcurrido no el año, sino más de dos años, me indican que la madre del fallecido sigue viva. El procedimiento penal (juicio de faltas está aún pendiente de celebrarse juicio). En este procedimiento lógicamente no es parte la madre. Entiendo que la existencia del procedimiento penal impide la prescripición y que conservaré la posibilidad de ejercer la acción civil durante un año a partir de la firmeza de la Sentencia que se dicte en este procedimiento penal. Agradezco cualquier análisis a favor o en contra al respecto. Gracias.