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Prescripción reclamación

3 Comentarios
 
Prescripción reclamación
07/03/2006 18:44
Hola a todos me surje una duda a cerca de la prescripción en reclamaciones ante compañía de seguros. Os expongo el tema brevemente:
El día 13/09/2004 tuve un accidente de tráfico siendo culpable el vehículo contrario y quedando mi vehículo gravemente dañado. Como me dedico al reparto de prensa, me veo obligado a tener que alquilar una furgoneta de similares caracteristicas durante parte del tiempo que la mía está en el taller ( hasta el día 19/12/2004 ). Mí compañía se hace cargo de la reparación de los adsño de mi vehiculo ( me han comentado que existe este tipo de convenios entre las compañías), pero me dicen que la reclamación de la factura de alquiler de la furgoneta debe abonármela la compañía Genesis que es la contraria. Les envío fax ( parece que no hay otra forma de contactar con ellos) con la documentación adjunta, así hasta 5 veces durante todo el año 2.005, mandándome ellos fax cada vez diciendo " que ha salido borroso", " no se ve bien" " ha llegado sólo 1 docuemento". Les llamo , harto de esperar a que me contesten y me dicen que la reclamación ya ha prescrito. ¿ Es cierto?. Os agradecería una respuesta. Gracias.
07/03/2006 19:36
Siendo el accidente de fecha 13/09/2004, la acción prescribe al año. Es decir, el 13/09/2005, a excepción de que dicha prescripción se interrumpa. Si Usted envió dichos faxes a la aseguradora en cuestión y, además, esta también le contestó y, además, usted guardó los justificantes de transmisión, en principio habría interrumpido dicha prescripción y, por lo tanto, aún estaría a tiempo. ¿Por qué no lo intenta mediante burofax con acuse de recibo? Si entra en la página web de dicha aseguradora, a buen seguro encontrará su dirección. Y, si no, hay muchos medios para buscarla.
07/03/2006 19:52
Muchas gracias, Optio. Sí, guardo todos sus faxes admitiendo que yo les he enviado los míos y guardos los acuses de mis envíos. Creo que estas compañías juegan a cansar a la gente a ver si dejan de reclamar. Gracias de nuevo.
08/03/2006 17:53

Estoy de acuerdo con Optio. Además la Doctrina del Tribunal Supremo es bien clara al respecto, lo importante es que Ud. haya conservado el "animus conservandi". Yo enviaría un burofax, pero además me cercioraría de lo que ponga en su póliza de seguro, porque lo más seguro es que Ud. tenga contratada también la llamada defensa jurídica con lo cual tiene derecho a encomendarle a su compañia de seguros de Defensa jurídica la reclamación sin pagar ni un duro por ello. Sí además el accidente sucedió en Cataluña el plazo de prescripción el 3 años según el nuevo Código Civil de Cataluña.
Saludos.