Hola, debido a un error de Correos por perder una carta certificada ha habido un perjuicio para el cliente.
Se va a reclamar una indemnización por incumplimiento, y así se le ha dicho a Correos.
Correos dice que el plazo para reclamarles es de 6 meses, pero no me dice donde está eso contemplado.
He mirado la Ley 24/1998 de Servicios Postales, y su reglamento, el RD 1829/1999, pero no encuentro nada de prescripción de las acciones de responsabilidad.
Por eso creo que la prescricpción será la genérica de 15 años.
¿Sabéis dónde puede venir, si es que existe, que la responsabilidad de Correos prescribe a los 6 meses?
En www.correos.es puedes ver los plazos e indemnizaciones. Y señala un plazo de CUATRO MESES para reclamar por extravío de carta certificada, y una indemnización de TREINTA EUROS.