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Prescripción pago de costas

1 Comentarios
 
15/09/2008 19:28
Yo creo que para la reclamación de la tasación el plazo es de 15 años del art. 1964 del CC y para la exacción de las mismas(cuando ya hay un título ejecutivo) el plazo es de 5 años del art. 518 del LEC. Esa es mi opinión.
Prescripción pago de costas
15/09/2008 09:19
Hola,
en un contencioso-administrativo el demandante fue condenado en costas (en favor del abogado del Estado).

Han pasado cinco años desde la firmeza de la sentencia y ahora esas costas se reclaman por la vía de apremio.

¿Entendéis prescrita esa deuda o no? ¿El plazo parara reclamar sería el de la ejecución de sentencia de 5 años?