Si la obra realizada es legalizable procede presentar proyecto y solicitar licencia. En el supuesto de que no lo sea, y no ha caducado el plazo, el alcalde no puede excusar la orden de demolición.
Entiendo que la iniciación de un expediente sancionados es un acto potestativo.
La acción de restauración de la realidad física alterada y del orden jurídico vulnerado prescribe a los seis años, demostrables por el infractor.
En su caso, la restitución de la realidad física se corresponderá con las actuaciones de imposible legalización.
Prescripción obra construcción sobre terraza
Anónimo
26/07/2016 20:28
En la construcción parcial sobre la terraza de un ático, 1.- ¿cuál es el plazo de prescripción de la irregularidad urbanística? y, 2.- ¿existe un porcentaje mínimo sancionable pero no obligatorio de restituir?
Muchas gracias por una pronta respuesta.