No hay plazo.
Si aun quedan bienes gananciales de alguna manera habrá que repartirlos y disolver la sociedad, pase el tiempo que haya pasado; si no es en vida será en la sucesión hereditaria, pero antes o después todas las sociedades de gananciales se liquidan, siempre que haya bienes, claro.
Se puede interponer demanda de liquidación de sociedad de gananciales 14 años después de su disolución por divorcio , o hay un plazo de prescripción ?
Muchas gracias