Mi cuestión es trascurridos los sei meses se comunica al Denunciado que tiene una Denuncia de ...., pero no le comunican de que se trata. Esta persona va al Juzgado y pide al Juez por escrito que le diga de lo que esta acusad, ésta despues de los ocho meses, mi cuestión es ...¿Prescribe la Denuncia?
Hola, haber si me podéis sacar de dudas...., un recurso de reforma para el tiempo de prescripción....? ya que tengo entendido que solo lo paran los autos o las diligencias.
Gracias por vuestra ayuda.
En abril del 2013 se presentaron varias denuncias por insultos y vejaciones por medio de sms de un numero desconocido, hasta enero de este año no se averiguo quien era dueño del numero, en el juicio el juez dice que estamos fuera de plazo por haber pasado mas de 6 meses, La pregunta es la siguiente:
Si la policia tardo mas del tiempo establecido en averiguar de quien era el numero, o fue operador de telefonia, sigue contando el tiempo,?
Otra pregunta es lógico que en un juicio de faltas note den abogado de oficio? si no te lo dan quien te defiende?. Es lógico que en el juicio el fiscal te haga decir en voz alta a que te dedicas y lo que ganas para que la parte contraria se entere?, y luego use esa información para burlarse y contarla atodo el mundo?; donde esta el derecho al honor la imagen,y la intimidad de datos tan personales de un señor/a?. Muchas gracias
M i pregunta e sla sigueinte. una persona que es condenada apagar daños fisicos por una pelea y una multa , prescribe esta pena y cuanto tiempo?.
Otra pregunta no me queda claro si una persona denuncia a otra por una falta ypasan 6 meses justos desde que la denunció y no ha habido juicio todavía, prescribe esa falta y todo el proceso judicial?.
Muchas gracias.
Hola, tengo una pregunta a ver si me podeis responder.
Denuncié a una persona por no pagarme y el juez me dio la razón.
El denunciado ha recurrido y me han dicho que si el juicio tarda mucho en salir prescribe o algo así y que es como un truco por si cuela a ver si pasa el tiempo y prescribe y no me tiene que pagar. Esto es así?
Mirando el foro he encontrado este hilo.
Mi pregunta sobre la prescripción en faltas es la siguiente:
-Si interpongo una denuncia antes de haber transcurrido los 6 meses de prescripción, supongamos que la pongo en el 5º mes, y el juzgado tarda 3 meses en INCOARLA (es decir, han pasado 8 meses desde que se cometió la falta), habrá prescrito la falta?
miriam52,
en tu afirmación "en los juzgados se ponen resoluciones de relleno, para que no prescriban los hechos.."
como denunciado, ¿cómo puedo saber si esto ha ocurrido? puedo solicitar un listado de todas las resoluciones dictadas en dicho procedimiento antes de la vista del juicio?
muchas gracias por adelantado.
he visto un caso ademas que se produjo en junio de 2007 y no se identifico culpable y se dirigio hacia el culpable hasta febrero de 2009 , es eso posible??? no deberia haber prescrito??
esto me resulta interesante porque trata de un problema que tengo yo ahora , creo que me han denunciado por una discusion de forma anonima en un foro hace dos meses. Evidentemente "imagino" que estaran investigando mi ip, la cosa no fue importante pero , supongo que quiere sacar una compensacion aunque no fuera para tanto.
El caso es que yo se que esa denuncia se puso, por terceras personas de confianza ya que se quien es la persona que me denuncio. Ya han pasdo dos meses , si recibo algo por primera vez a los 7 , estaria prescrito?
y otra cosa mas, con la IP, saben el domicilio, quizas el tituar de la linea, pero como saben a quien acusar dentro del domicilio?
porque yo se que esa persona hizo la denuncia sin saber quien soy, puede recaer la denuncia sobre otra persona del domicilio o al no saberse si no lo admite nadie , se archivaria?
que en los juzgados se ponen resoluciones de relleno, para que no prescriban los hechos..
es facil dictar una providencia cada cinco meses diciendo... "visto el estado en que se encuentra la presente causa, requierase a la Policia...etc..etc... que informe a este juzgado sobre las investigaciones acordadas"
No, en ese caso la prescripción empieza a contar desde 0 desde que el juzgado "pide" esas pruebas. Si tardan en contestarle los años previstos para la prescripción del delito o falta que finalmente se acuse sin que el juzgado haga nada más que esperar operará la prescripción y no podrá haber condena.
ok, Morinelli, una duda si un Juez pide por ejemplo un analisis de una prueba o una investigacion de un IP, para encontrar al culpable, y la respuesta tarda por decir 5 años, se entiende que esta paralizada el contador de la prescripcion, hasta que se responda?
Este tema es objeto de una polémica importante pero no por lo que estás entendiendo. Si existen actos de "interposición judicial" del tipo que sean se interrumpe la prescrpción. Entre estos actos están incluidos los de investigación. No es necesario que se dirijan expresamente contra alguien, quien además en ningún caso será el culpable (en ese momento), ya que para eso habrá de celebrarse el juicio.
La prescripción es una renuncia por parte del Estado al derecho que tiene a castigar. Si el Estado, a través de un juzgado, está investigando quién es el responsable de unos hechos está claro que no ha renunciado a ese derecho...
Resulta absurdo pretender que se fijen unos plazos tan firmes para averiguar al supuesto responsable del delito, que además llevaría a acusar a alguien, quién sea, para evitar la prescripción del delito.
En fin que como he dicho muchas veces el Ordenamiento Jurídico es un sistema y no puede sacarse jamás una conclusión por leer un solo artículo.
Mi duda es el El artículo 132.2 del código penal dicta que la prescripción se interrumpirá cuando el procedimiento se dirija contra el culpable.
Pues parece ser que si en el Juzgado se dedican a investigar sin saber quien es el Culpable o no imputar a persona alguna, si se paraliza la prescripcion.
Pues entonces el 132 DEL C.P, que significa? o como se terpreta?
pues pensaba que si se denuncia en plazo, unos hechos y no se sabe quilen es el culpable y se dedican a investiguar e imputan a persona despues del tiempo de establecido para la preescripcion, por lo que pone el 132. C.P al no dirigir procedimiento contra culpable en en el plazo debido, esto preescribio?
Vamos a ver... si un juicio de faltas se paraliza por completo seis meses, es decir, no se dicta ninguna resolución... pues prescribe la falta... para que me entendais...que estuviera mas de seis meses metido en un cajón... y tendria la culpa el juzgado... otra cosa es que se incoe..se señale para la celebración del juicio a los 8 meses porque el juzgado tiene muchos señalamientos y no tiene otra fecha... entonces ya se encarga el juzgado de que no prescriba, dictando resoluciones, por ejemplo..que se unan las citaciones.. etc..etc. para que no prescriba... es decir, dictando algo que paraliza la prescripción y emplieza de nuevo a contar los seis meses...
En mi juzgado por ejemplo... se estan señalando juicios para enero de 2011... no son de faltas desde luego...
Mariam, aunque se señale con las de seis meses de la fecha de la denuncia, no quiere decir que se deje prescribir la falta... imaginate por ejemplo, un juicio de faltas por accidente de trafico y que el herido tardara en curar un año por ejemplo... segun lo que tu dices, prescribiria la falta no? porque el juicio se celebraria al menos un año mas tarde que los hechos...
Estas segura de que han archivado la causa por prescripción al haber estado en el juzgado la denuncia mas de seis meses sin hacer nada?