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Prescripción infracción leve

9 Comentarios
 
Prescripción infracción leve
15/02/2014 14:42
Buenos días !

Miren mi caso es el siguiente:

Unos amigos y yo fuimos multados en Lloret de Mar. Según la multa es por perturbar el descanso de los vecinos por música alta. Ninguno de los vecinos se quejo además que no se hizo prueba de decibelios para medir el volumen de música cuando en la misma calle hay un bar/discoteca.
La multa nos la pusieron el día 25 de Mayo de 2013.
La multa según pone en el sobre tiene fecha de providencia del 31 de Diciembre de 2013 y la recogimos el 28 de Enero de 2014.
Por lo que tengo entendido las infracciones leves prescriben a los 6 meses no ? Por lo tanto en este caso se daría la prescripción ya que son 7 meses y algunos días. La multa es de 750 euros y nos ha llegado con un recargo del 10 %.
Tengo que interponer un recurso de casación y en alegaciones alegar que esta prescrita? Además y por si acaso también en alegaciones alego que no se hizo la prueba de sonido o todo eso o con al prescripción ya es suficiente ?
15/02/2014 14:47
Por cierto somos de Barcelona no sé si es importante este dato pero Lloret no es nuestra residencia habitual.
15/02/2014 15:04
Recurso de reposición en vez de casación que me he equivocado más arriba y no encuentro al opción de editar.
16/02/2014 10:14
A mí me prece muy grave la perturbación del descanso de los vecinos. Lo mismo si se quejan como si no.
17/02/2014 11:34
La prescripción varía de unas leyes a otras, no es el mismo plazo para todas.
Y en cuanto el recargo ¿¿será porque se entiende que no pagasteis en tiempo??
Los 750 euros son para todos o para cada uno de los denunciados??
17/02/2014 18:56
Los 750 es para todos. Como puedo saber el plazo? La infracción es considerada infracción leve en la misma multa lo dice y en la ordenanza municipal en la que esta el articulo que se nos aplica como fundamento de la multa también la establece como leve, pero no habla sobre el plazo de la prescripción.
18/02/2014 10:03
Article 91.- Prescripció i caducitat
La prescripció i la caducitat es regirà per la legislació administrativa
sancionadora general, sens perjudici del que disposi la legislació sectorial.
La ordenanza sobre Civisme y Convivencia Ciudadana de LLoret establece en su art. 91 la prescripción. La referencia a la legislación sancionadora general es con relación al 132 de la Ley 30/1992, hay un procedimiento sancionador de la Generalitat pero se remita a la ley anterior. Por lo que parece la prescripción de 6 meses para las infracciones leves es así.... Sin perjuicio de lo que disponga la legislación sectorial...Podría haber una ley catalana sobre ruido que estableciese otro plazo de prescripción
Pero esto ya es para otros usuarios más cualificados
19/02/2014 23:13
Me acaba de asaltar una gran duda. Yo pensaba que era infracción pero ahora no sé si es infracción o sanción. Como puedo saberlo? Porque claro al sanción prescribe al año y la infracción a los 6 meses .
19/02/2014 23:22
Puede ser que la infracción sea el hecho en si osea tener la música alta y la sanción sean los 750 euros ? Entonces a nosotros nos dieron la multa allí aunque nos dijo que seguramente no nos llegaría así que decidimos no pagarla aunque teníamos descuento del 50 % creo que era. Entonces lo que nos ha llegado ahora sería la sanción? No podemos pedir la prescripción de la infracción ya que esto es una sanción?

Siento mandar 2 mensajes pero como no esta la opción de editar...
20/02/2014 10:06
Fue notificada en el momento, por lo que no ha prescrito. No pagasteis en su momento la mitad y ahora tenéis pagar el todo.
En este foro, lamentablemente, no se puede editar.