Problema desde Murcia: desde los hechos hasta q se nos notifica la incoación del procedimiento sancionador no transcurren los dos años q son necesarios para q prescriba la infracción. Pasado un año y medio, cambian la calificación jurídica de los hechos y la sanción propuesta, con lo q nos notifican el nuevo acuerdo de incoación del procedimiento sancionador más de dos años después de producidos los hechos. Vamos a recurrir la sanción por prescripción, ya q desde q se produjeron los hechos hasta la comunicación del nuevo acuerdo de incoación han transcurrido más de dos años. ¿Conocéis algún caso similar?, ¿Jurisprudencia?.