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prescripción impuesto sucesiones

6 Comentarios
 
Prescripción impuesto sucesiones
13/02/2011 01:32
El 15-4-2005 fallece un tío de mi padre del que hereda, presentándose liquidación del impuesto el 20-3-2006. Mi padre fallece en 2008. El 15-2-2010 la agencia tributaria realiza una nueva liquidación que notifica a nombre de mi padre para el abono de la diferencia en periodo voluntario, al comunicarles su fallecimiento, ponen una etiqueta en el sobre con los datos de mi madre y se la notifican a ella, uno o dos meses después. Ella no realiza el ingreso por que no es la heredera. El 7-2-2011 sus hijos, recibimos una notificación en calidad de coherederos de providencia de apremio por la deuda. ¿Interrumpió la prescripción la notificación que se hizo a mi madre? En hacienda nos dicen que paguemos y presentemos recurso si no estamos de acuerdo y si se estima nos lo devolveran ¿Podemos alegar prescripción por falta de notificación a los obligados?
10/06/2011 23:33
Mi pregunta es muy concreta, el plazo de cuatro años y seis meses tras el cual prescribe la obligación de pagar el impuesto de sucesiones si la administración no ha hecho ninguna comunicación al respecto, empieza a contar desde el día del fallecimiento del propietario de los bienes o en realidad ese plazo comienza después de que se presente la declaración de la herencia o adjudicación o presentación para pagar el impuesto?
Es decir, si no se ha hecho absolutamente ninguna presentación de papeleo ni aceptación de la herencia, ni la administración ha hecho comunicado alguno cinco años después del fallecimiento, el impuesto ha prescrito o no?
perfil Vio
11/06/2011 07:08
...." empieza a contar desde el día del fallecimiento del propietario de los bienes o en realidad ese plazo comienza después de que se presente la declaración de la herencia o adjudicación o presentación para pagar el impuesto? "
Desde el dia de presentación de declaracióno pago.

En caso de no haberse presentador nada, el plazo de prescripción comienza a los seis meses del fallecimiento, o sea al final del periodo de presentación de documentos.
14/06/2011 17:53
hola.soy nueva en esto y tengo una duda.
Mi padre fallecio en enero del 2006. Presentamos la autoliquidación en plazo (julio 2006). En agosto de 2009 la Xunta de Galicia nos manda una revisión de la liquidación aumentando el importe. Pagamos.
Mi duda es cuando prescribe?en julio 2011 o en 2013? Necesito ayuda. Gracias por adelantado
14/06/2011 18:40
la reclamación complementaria que le envian en el año 2009 interrumpe la prescripción y se empieza a contar de nuevo los 4 años, o sea que prescribe en el 2013. salvo mejor opinion
14/06/2011 19:48
Mergares muchisimas gracias.
La verdad es que no contábamos con eso.
14/06/2011 20:04
Tengo otra duda.En esa liquidación hay una casa en otra comunidad autónoma de la cual no se pagó plusvalía. Si no tuvimos ninguna notificación, ésta prescribe en julio de 2011 o la fecha es la misma que para la liquidación, es decir, en año 2013