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Prescripcion Impuesto de sucesion

5 Comentarios
 
16/02/2012 10:02
Yo creo que cuenta desde que tú la presentaste, cuatro años.
15/02/2012 11:56
Sigo teniendo una duda...
Al haber solicitatado yo una "Liquidacion Administrativa", la cual no ha sido notificada, la prescripcion desde cuando cuanta.
Desde el dia que solicité la liquidacion administrativa ó desde el final del plazo que la administracion tiene para efectuarla (no se que plazo puede ser)..

un saludo y gracias
14/02/2012 09:38
Probablemente, si llevas la declaración que hiciste en su día (hace más de 5 años) debidamente sellada, para el Registro sea suficiente.
13/02/2012 21:21
Gracias por tu respuesta Selina.

Lo que ocurre es que como ya tengo la escritura del cuaderno particional, para poner un inmueble a mi nombre(es mi parte de herencia), en el registro de la propiedad, me van a pedir el comprobante de haber pagado el impuesto de sucesiones.
O sea que entiendo que tengo que ir a la oficina de recaudación y pedir la prescripcion...
¿es asi, verdad?

13/02/2012 21:02
Si es tal cual indicas, el impuesto ha prescrito. Por lo cual te olvidas y alegas la prescripción en el caso de que te giraran la liquidación en el futuro. Caso de que necesitaras por algún motivo, como cambiar cuentas o titularidades, debes pedir acreditación de la prescripción ante la Oficina Gestora, pero sólo en este caso; si no, lo mejor es estarte quieto un rato más.
Prescripcion impuesto de sucesion
13/02/2012 20:45
Buenas tardes,
Mi caso es el siguiente:
Como no nos poniamos de acuerdo los herederos, solicite una liquidacion del impuesto de sucesiones hace exactamente 5 años y un mes.
La administracion, no ha hecho la oportuna liquidacion de impuestos.
Ahora despues de litigios, se ha llegado a un acuerdo entre los herederos y ya tengo el cuaderno particional.
¿Ha prescrito el impuesto de sucesiones?
¿Que tengo que hacer?

un saludo,
Patxi