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¡ prescripcion ilógica !

4 Comentarios
 
¡ prescripcion ilógica !
25/07/2012 20:55
Hola señores.
No entiendo una cosa.
El tema es que segun el Artículo 250.
1. El delito de estafa será castigado con las penas de prisión de un año a seis años y multa de seis a doce meses, cuando:

Recaiga sobre cosas de primera necesidad, viviendas u otros bienes de reconocida utilidad social.

Se perpetre abusando de firma de otro, o sustrayendo, ocultando o inutilizando, en todo o en parte,

Pues conozco un caso que estafo 6000 euros antes de la nueva reforma del Codigo Penal vendiendo una casa que no era suya y a prescrito a los 3 años como es posible?
Porque lo estafado no supera los 50.000 euros o por que?
Es mas hay muchos casos en internet similares y no entiendo como los condenan de 6 meses a 3 años y en algunos que han prescrito lo han echo a los 3 años..... A QUE SE DEVE? NO ES UNA ESTAFA INMOVILIARIA EL VENDER UNA CASA QUE NO ES TUYA?
Gracias y espero que respondan.
25/07/2012 21:19
No hay nadie capaz de resolverme las dudas?
26/07/2012 01:02
Perdona, pero no acabo de entender, que tienen que ver el artículo 250 con la prescripción de 3 años.

Creo que confundes la pena con la prescripción, o quizás sea que no está demasiado claro los que has expuesto.
26/07/2012 07:33
Eso es, a mi tampoco me ha quedado demasiado claro cual es tu duda. Si puedes extenderte más se agradecería.
26/07/2012 10:16
Hola.

Pues como bien dice el articulo 250 se castigara con pena de prision de 1 a 6 años cuando recaiga sobre cosas de primera necesidad, viviendas u otros bienes de reconocida utilidad social.

Pues ahora bien segun el Artículo 131.

1. Los delitos prescriben:

A los 20 años, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de 15 o más años.

A los 15, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de 10 años, o prisión por más de 10 y menos de 15 años.

A los 10, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de 10.

A los cinco, los demás delitos, excepto los de injuria y calumnia, que prescriben al año.

Como es una pena de entre 1 y 6 años deberia de prescribir a los 10 años segun la ley vigente pero anteriormente antes de que saliera la nueva ley esto estaba penado de 1 a 5 años y prescribia a los 5 años.

Pues el tema es que una persona que estaba en busca y captura por vender una casa que no era suya y cobro 6000 euros y tras dejar pasar 4 años su abogado a solicitado la prescripcion y la han aprobado por ser un delito considerado menos grave y prescribio a los 3 años.

Supongo que sera porque lo estafado no a superado los 50.000 euros y por eso se considerara un delito menos grave pero es contradictorio con el articulo 250 por tratarse de una vivienda no?

Esas son mis dudas es que no logro entenderlo y si alguien lo entiende le estaria muy agradecido de que me lo explicase.
Gracias y un saludo