No hubiera sido mas facil dirigrise a la Electrica con el DNi del titular de contrato y preguntar la deuda si la hubiera?
A veces n os sale el tiro por la culata por no hacer las cosas bien y con cabezas. Ahora el inquilino pudiera tener razon....o no....
Lo primero disculparme si este no es el foro adecuado para este tema.
Mi hermana tuvo durante 5 años (hasta abril de este año) un piso alquilado a un inquilino. La agencia era la que gestionaba el cobro de luz, agua y alquiler.
El inquilino durante esos años pagó religiosamente el alquiler, y la luz. Sin embargo hay varios recibos de agua de los años 2010 y 2011 de los que mi hermana no tiene constancia del pago. En vista de lo cual, optó por descontar de la fianza abonada por el inquilino el importe de esos recibos.
El vecino ha mandado un burófax reclamándole el importe de la fianza no devuelto argumentando que el plazo de prescripción ha cumplido y que mi hermana no tiene derecho ahora a descontar el importe de esa deuda.
Mi hermana asegura que en conversación presencial mantenida con la agencia le dijo que había varios recibos de agua sin pagar ( en septiembre de 2014), y la agencia por e-mail se lo dijo al inquilino (mi hermana tiene copia de ese e-mail, y para mi pasmo en ese e-mail no se especificó en ningún momento ni qué recibos, ni el importe exacto o aproximado de la deuda, quedando los dos -agencia e inquilino- que la agencia hablaría con mi hermana para que especificase el importe de la deuda -hay que decir que mi hermana jura y perjura que detalló a la inmobiliaria el importe de esos recibos en la conversación mantenida en 2014).
" preguntas:
¿Cual es el plazo de prescripción de los recibos de agua? ,¿3 años? ó ¿5 años?
El e-mail enviado por la agencia en el que informa al inquilino de la existencia de esos recibos pendientes ¿interrumpe el plazo de prescripción?. ¿Qué características tendría que haber tenido esa reclamación para interrumpir el periodo de prescripción?
Yo es que veo una cagada de la agencia monumental en todo este asunto.