hola a new pt shop boy, pero estas deudas siguen o prescriben a los 15 años desde que no haya reclamacion, como es persisten por siempre aunque la actividad cese? y si fallece el que debe al proveedor seria la mujer deudora si esta en regimen de gananciales, y si en concepte de aval esta la vivienda?
Tu eres la empresaria? autonoma tal vez? Eres tu la que debes? En todo caso, si se dejara de ejercer la actividad empresaial, por abandono, porque no puedes hacer frente a los gastos, las deudas seguirían estando allí, porque de esa manera, si una empresa contrae deudas con otra o con alguna persona física, y decidiera cerrar el negocio, las deudas desaparecerían? eso sería muy fácil, porque entonces el acreedor se quedaría sin cobrar, y eso no puede ser. O sea, aun con el cese de la actividad comercial, las deudas contraídas subsisten. Si acaso, puedes llegar a un acuerdo con el proveedor y hacer unos plazos mayores para que tu puedas saldar dicha deuda.
Acabo de publicar una pregunta sobre cuando prescribe una deuda con un proveedor, los años de las deudas son 2005-2008, estas deudas son de una empresa que sucede si cierra la empresa? agradeceria mucho vuestra colaboracion, nunca me he negado a pagar pero no puedo afrontar toda la deuda de golpe, gracias de nuevo.