Si el delito ha prescrito, es que no ha habido sentencia firme condenatoria, y si no ha habido sentencia firme condenatoria no hay antecedentes penales.
Si ha habido condena por delito leve, procede la cancelación de antecedentes pasados seis meses desde la extinción de la pena.
Hola ,
Aprovecho para preguntarle,
Que el delito (un delito leve) haya prescrito, esto significa que ya no consta en el certificado de antecedentes penales tampoco verdad?
Gracias
Agradecería que algún especialista en derecho penal me aclarase una duda.
A continuación expongo la situación.
Se interpone una denuncia en septiembre de 2020. El Juzgado en el mes de octubre de 2020 dicta incoa diligencias previas y al mismo tiempo, mediante auto acuerda el sobreseimiento provisional al considerar que los hechos no son constitutivos de delito.
Contra el auto de sobreseimiento, se interpone el correspondiente recurso de reforma y subsidiario de apelación, resolviéndose el mismo en el mes de octubre de 2021, desestimando la reforma y confirmando la resolución recurrida.
Como contra el auto desestimando la reforma cabe recurso de apelación, mi duda surge en este momento, ya que la interposición de denuncia suspende el plazo de prescripción durante un periodo de 6 meses. Si en el recurso de reforma se pide que se declaren los hechos como un posible delito leve, y éstos al prescribir al año desde la fecha en que ocurren los mismo, ¿está ya prescrito el delito?, ya que de conformidad con lo establecido en el art. 132.2 del CP, si la interposición de denuncia o querella suspende el plazo de prescripción durante 6 meses y en caso de no dictarse en dicho plazo por el Juzgado resolución judicial alguna imputando el delito a persona determinada, el computo del plazo de prescripción se cuenta a partir de la fecha en que ocurrieron los hechos que fue en septiembre de 2020. Es decir, si durante un año, (de septiembre de 2020 que es cuando se interpone la denuncia y ocurren los hechos y octubre de 2021 que es cuando se desestima el recurso de reforma) el Juzgado no ha dictado resolución judicial alguna dirigiendo la acusación a persona determinada con nombres y apellidos... ¿tiene sentido interponer el recurso de apelación contra el auto que desestima la reforma?, pues en caso de que sea estimado el recurso de apelación y se incoe juicio delito leve, contra el auto de incoación de delito leve se puede recurrir alegando al prescripción en el caso de que tribunal que conozca de la apelación de oficio no aprecie tal prescripción?.