Según tengo entendido, el código penal de 1995 estuvo vigente hasta finales de 2010 y establecía un plazo de prescripción de TRES AÑOS para los delitos menores. En septiembre de 2010 me denuncia un funcionario por haberle agredido, se va al médico para que le firme un parte de lesiones y al día siguiente se da de baja por depresión y aporta el parte de baja al procedimiento, donde no constan lesiones, como en el primero. El asunto queda paralizado en los juzgados durante dos años hasta que llegan otro juez y en julio de 2012 me notifica el auto de apertura de juicio oral por atentado contra funcionario público, ya que tenía amistad con la abogada del denunciante. De nuevo este juez se va y el asunto queda paralizado durante dos años más hasta que en octubre de 2014 lo mandan al juzgado de lo penal para que se fije la fecha del juicio, que se celebró el pasado septiembre de 2015, en el que me condenan a seis meses de prisión. ¿se puede alegar que el delito ha prescrito por haber estado en total más de tres años paralizado por ser de aplicación el código penal de 1995? Tanbién me impusieron una orden de alejamiento en 2010 sin fecha de caducidad que todavia hoy sigue vigente, ¿no tiene fecha de caducidad?
El Código Penal de 1995 sigue vigente, aunque bien es cierto que con grandes cambios, entre otros los de prescripción de los delitos.
No obstante, entiendo que para el caso que relatas, da exactamente igual, pues la prescripción operaría si fuesen más de 3 años consecutivos los que el proceso estuviese totalmente parado, por lo que en ningún momento se dio la prescripción. Cada vez que un acto interrumpe la prescripción, el plazo de 3 años (en este caso 3, en otros 5 o 10) se reinicia de nuevo. Así pues, en ningún momento hubo prescripción.
Por otro lado, tal vez sí pudiera haberse tenido en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas, pues 5 años parece demasiado tiempo para ese caso, a priori.... salvo que la agresión causara unas lesiones que tardaran mucho en curar.
en realidad no hubo lesiones, sino el típico parte médico de contusiones que fue desmentido al día siguiente por un parte de baja laboral sin lesiones, sólo por ansiedad y estrés
sobre este tema hay gran cantidad de jurisprudencia, si después de que el juez haya dictado el auto de apertura de juicio oral, el procedimiento se paraliza y no sigue sus trámites, el plazo de prescripción empieza otra vez a contar, no se puede alargar la tramitación indefinidamente. Lo voy a meter en el Supremo
El plazo empieza a contar de nuevo, pero si es lo mismo que te hemos dicho, pero empieza a contar de cero, por lo que hay que contar tres años, y te lo movían cada dos, con lo que reseteaban a cero todo otra vez.
La una única excepción es que que los pronunciamientos del Juzgado fueran no sustanciales, sino de mero trámite, estos pueden no interrumpir la prescripción.
Por otro lado, me encanta tu afirmación de "dicta auto de apertura del juicio oral porque el juez tiene amistad con el abogado denunciante" jajaja!!, no caballero, te abren juicio oral porque has agredido a un funcionario y eso hay que juzgarlo.
me parece que deberías dedicarte a otra cosa en lugar de aparentar ser abogado o juez, qué sabrás tú del procedimiento, ¿o es que te crees que los jueces son imparciales? en este caso el asunto lo han tramitado hasta cinco jueces, unos lo dejaban paralizado, otros continuaban los trámites según su amistad con el denunciante, amigo personal de políticos de renombre. Lo dicho, Getero, procura informarte antes de reirte de los demás. La justicia no puede resetearse como un ordenador. El tiempo que dedicas a publicar chorradas en internet deberías dedicarlo a mejorar tu cultura y respetar a los demás
Vaya! Manuelin se ha enfadado. Típico españolito con paranoia conspiratoria que en lugar de asumir sus errores acusa al sistema de estar en su contra.
Pues si Manuelin, la justicia si se resetea como un ordenador aunque a ti te moleste,¿quieres una prueba? TU CONDENA!, y esa es la diferecncia entre los plazos de prescripción y los plazos de caducidad, que estos últimos no se resetean sino que se paralizan.
Te llenas con la palabra justicia, pues bien, la justicia exige que respondas por tus actos. Eso es Justicia. Que te vayas de rositas no lo es.
Sin embargo, no es justo que se tarde tanto en resolver un asunto así, y el consejo que te dieron de alegar dilaciones indebidas era bueno. Tb era bueno el consejo que te di yo de mirar si los pronunciamientos judiciales eran sustanciales, ya que si no lo eran no tienen fuerza para paralizar la prescripción.
Y sí, el 99% de los Jueces son imparciales, no sólo los que te dan la razón a ti. Otra cosa es que entre ellos mismos tengan criterios muy distintos para juzgar situaciones iguales, lo que genera mucha inseguridad jurídica.
Y por último no me río de ti, pero sí de la chorrada que has dicho.
sigo teniendo dudas si eres un profesional de la justicia o un mero aficionado a escribir chorradas en foros de internet. La idea que tienes de la justicia española es falsa. Los jueces son personas de carne y hueso y tienen amiguetes a los que favorecen, si son políticos mejor que mejor. Por ejemplo la jueza que me condenó tiene a varios miembros de su familia desempeñando altos cargos designados a dedo en la universidad y en la grabación del juicio se ve claramente cómo hablaban entre amigos. Lo de la prescripción no es cuestión de resetear nada, los trámites tienen su plazo y si se paralizan, la prescripción vuelve a correr. La interrupción de la prescripción no es ilimitada
No entiendo como hablas con tanta seguridad de la prescripción quien o cómo te has informado. Pero sólo te digo una cosa, aunque no confíes en mi criterio, el juzgado te ha dicho lo mismo que yo, y lsd2 te ha dicho lo mismo que yo. Estamos todos equivocados y tu tienes razón? Yo no voy a insistir más, ya te he dicho lo que significa prescripción y como se computa, puedes creerme o no.
Y claro que los abogados y los jueces son amigos, y los abogados contrarios tb son amigos, eso no significa que la sentencia se fundamente en la amistad.
Es mas, te voy a decir algo que posiblemente no sabes, muchos jueces en activo son profesores de los abogados que acuden a Sala, ya que los abogados en ejercicio reciben contínuamente clases de reciclaje de conocimientos, y muchas de éstas las imparten los Jueces, así que imaginate si unos y otros se conocen.
Tb he oido a gente decir que le fue mal porque su abogado era amigo del de la otra parte y no luchó suficiente. Eso es una tontería como un piano. Lo que nunca he oído decir a nadie es que ha perdido el juicio porque realmente no tenía razón.
La verdad es que no voy a perder más tiempo con este tema. No puedo confiar en las opiniones de gente que ni siquiera son profesionales, como es posible que sea tu caso. Creo que deberías poner una tienda de informática y dedicarte a resetear ordenadores, tablets, smartphones, etc. El mundo que dibujas está muy alejado de la realidad, si los jueces fuesen imparciales y aplicaran la ley, seguro que no habría corrupción en España, pero esto es España y aquí hay que joderse. No sé cómo puedes opinar de algo de algo que no conoces.
La solución a este problema hay que verla en el Supremo, donde al menos es difícil que los jueces sean amigos de una de las partes. Ya te contaré dentro de unos años.