Mi duda es la siguiente: La Ley 30/1992 dice que el plazo de prescripción de las sanciones comienza una vez que las mismas son firmes. Ahora yo me pregunto, en caso de que se dicté una resolución que no ponga fin a la vía administrativa (cabe rec de alzada) y si no se interpone el mismo, ¿cuando comenzaría el plazo de prescripción? ¿Con la notificación de la resolución? ¿un mes más tarde de ese momento que es el plazo para recurrir?