Dos personas en regimen de gananciales han interpuesto una demanda contra una compañia de seguros y esta ha sido desestimada, con condena al pago de costas (aproximadamente 30.000 Euros).
Dichas personas tienen reconocida la Justicia Gratuita, por lo que entiendo, no tendrian que abonarlas dada su deteriorada economía.
¿Cual es el plazo de "prescripcion" en el que dejarían de reclamarle dichas costas si vinieran a "mejor fortuna" ?
¿Cual es es el límite económico en que se empezaría a considerar dicha "mejor fortuna?
Efectivamente, si esas personas tienen reconocida el beneficio de justicia gratuita, en principio, no tendrian que abonar las costas, pero si dentro de los tres años siguientes a la terminación del proceso vinieran a mejor fortuna estarían obligadas a pagar tanto las causadas en su defensa como las de la parte contraria, entendiendose que se ha mejorado de fortuna cuando sus ingresos y recursos económicos por todos los conceptos superen el doble de los ingresos previstos para la concesión del BJG, es decir:
.- 4 veces el IPREM (fijado para este 2.017 en 537,84 euros/mes) cuando se trate de personas no integradas en ninguna unidad familiar.
.- 5 veces el IPREM cuando se trate de personas integradas en una unidad familiar con menos de cuatro miembros.
.- 6 veces el IPREM cuando se trate de unidades familiares integradas por cuatro o más miembros.
Hace aproximadamente un año adquirí un vehículo el cual se supone era nuevo solo que el comercial del concesionario Zavisa sito en vía Hispanidad de Zaragoza había hecho según el el rodaje de 500 km.
Bueno hasta ahí lo podemos pasar.
Yo pedí claramente vehículo turismo que cubriese mis necesidades de viajar con mis animales.
Elegí una Opel Combo y no me puso ningún problema solo que tenía que pagar unas tasas para poder hacer el cambio de autónomo a particular y así convertirla en vehículo turismo.
Page todo lo que me pidió.
Al cabo de un tiempo me llega el impuesto de circulación como camión.
No sabía realmente lo que tenía en mis manos y aún peor es que me la había estado jugando en mi desconocimiento ya que tengo limitaciones tanto de velocidad como en ITV.
Anoche jugado bajo engaño con mi integridad física y moral.
Es inconcebible que por realizar una venta tengan tan poca vergüenza como de engañes así a la gente.
Dicho vehículo es imposible cambiarlo a turismo ya que tiene una letra que es n1 y por lo visto si salen de fabrica con esa letra solo pueden ser destinadas para mercancías.
Que asalariado querría un vehículo con restricciones ???? Es surrealista.
Que posibilidades tengo.
Gracias un saludo