Puede suceder ambas cosas, según se haya actuado y la categoría del urbanizable, hay que tener en cuenta que no todos los casos son iguales y con la información que das estaríamos jugando a las adivinanzas.
Hola, alguien me podría informar que implica la prescripción de las infracciones urbanísticas (en Andalucía a los 4 años desde su realización). Me refiero en suelo urbanizable. ¿Es solo que no te sancionan económicamente? ¿Se puede demoler la obra, tras la prescripción de la infracción?.