He recibido una notificación, sobre una infracción cometida en el pasado. En dicha notificación se me indica la multa que debo pagar, que se trata de una infracción leve y que la ley en la que se ampara la sanción propuesta es la 39/2015. La fecha en la que he recibido la notificación es 6.5 meses posterior a la fecha en la que cometí la infracción.
Me gustaría saber cual es el plazo máximo para recibir la notificación desde que se cometió la infracción.
He mirado la ley 39/2015 y no he visto nada del plazo máximo para comenzar el procedimiento a partir de la fecha de la infracción. Solo habla de plazos una vez recibida la carta, 6 meses para la prescripción en este caso por ser una multa leve.
A diferencia, la ley 40/2015 es muy clara en este aspecto, en su artículo 30 dice:
"Las infracciones y sanciones prescribirán según lo dispuesto en las leyes que las
establezcan. Si éstas no fijan plazos de prescripción, las infracciones muy graves
prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses; las
sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por
faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves al año.
2. El plazo de prescripción de las infracciones comenzará a contarse desde el día en que
la infracción se hubiera cometido"
De aplicarse la ley 40/2015 lo tendría claro, la infracción habría prescrito por haber pasado los 6 meses.
Sin embargo al no hablar la ley del 39/2015 de ningún plazo para su prescripción ¿que pasa?. ¿Que la infracciones no prescriben y te pueden iniciar el procedimiento sancionador con independencia del tiempo que haya pasado??