Buenas tardes, mi duda es la siguiente:
Infracción covid por reunión de personas en fecha 14/03/21.
Fecha resolución inicio procedimiento sancionador de fecha 10/03/22.
Notificación de dicha resolución en fecha 17/03/22.
Seguramente la sanción sea inconstitucional o se pueda recurrir por otros motivos y no solo por el tema del covid y la reunión. Necesitaría más información para poder guiarte.
Quedo a la espera de recibir respuesta.
Un saludo y gracias.
Gracias.
En principio solo recurrire por prescripción si es que ha prescrito.
El plazo de prescripción es fe un año.
Pero dudo si dentro del año debe ser la notificación de la sanción o la oropia sanción?
En resumen mi duda es si el dia final del computo del año de prescripcion de infracciónes es la fecha de la resolución que inicia el procedimiento o es la fecha de notificación de la resolución que inicia el procedimiento.