en el 2005 y 2006 era autónomo, ahora la camara de comercio me embarga la cuenta.Me dicen en la cámara que no ha prescrito y que si quiero recurrir lo tengo que hacer en la misma camara.Me da la sensación que se rien de mi, pero qué puedo hacer. gracias.
Según lo que disponga la sentencia, pero si no marca plazos a pagar, le prevengo que el demandante ejecutará la misma con intereses y costas en un máximo de 5 años a contar desde dicha sentencia.
Una sentencia me condenó a pagar una deuda a una inmobiliaria por alquiler de vivienda. Aboné una cantidad pero dejé otra cantidad pendiente. ¿Prescribe esta deuda? ¿Cuándo?
Gracias y un saludo