Os agradecería que me ayudarias con una duda que tengo, ahí va: ¿Desde cuando comienza a computarse el plazo de prescripción para iniciar acciones civiles?. El año empieza a correr desde la fecha de la sentencia del asunto en vía penal, desde la fecha de notificación de dicha sentencia, o desde la fecha de notificación del auto de firmeza. En el asunto que llevo, no se ha notificó la firmeza al denunciante por no estar personado con Procurador, si se notificó al resto de partes y al ministerio fiscal. Os agradecería muchísimo que me facilitariais si teneis sentencias al respecto, o que me informarais de la fecha exacta si habeis tenido algun asunto parecido. Muchísimas gracias. Saludos.