Hola buenas abro este tema por que no sé que hacer.
Me explico, en 2007 vendí un piso y después de pagar la re hipoteca que tenía me quedé solo con 1.000€, años después, por mi desconocimiento me enteré que ese año tenía que haber declarado por la venta del inmueble. Total que por el 2008/2009 me llegó una deuda de 6mil y pico. Yo me quedé congelado y fui a una abogada para ver posibilidades que tenía, ya que cobraba subsidio y no podía pagar. La abogada me dijo que no podía hacer nada y que cualquier propiedad que tuviera me la embargarían. Con el panorama que tenía no podía hacer nada y fui a comunicar a Hacienda que no podía pagar nada. Me dijeron que si no podía pagar que no me preocupara, así hice. En 2010 me llegó una última sanción, que iba acumulando y le cifraba la deuda total en unos 14mil. Estamos en 2014 no tengo notificaciones desde la última de 2010, ¿que debo hacer para que prescriba la deuda? no tengo trabajo desde 2010, no cobro nada y tengo una hija de 4 año. Hago declaraciones pese a no estar obligado, y obviamente sale a 0€ todos los año. ¿debo presentar escritos en algún sitio?
El derecho de la administración para reclamar el pago, prescribe a los 4 años desde la última actuación que haya hecho con tu conocimiento formal tendente al cobro de la deuda: normalmente la providencia de apremio, o alguna diligencia de embargo. Una vez realizada cualquier actuación, se vuelve a contar un nuevo plazo de 4 años.
Ten en cuenta que hablas de una deuda y una sanción, y que cada una tiene sus plazos al ser diferentes: por otra parte, respecto de la sanción, si has presentado recurso de reposición o reclamación económica administrativa, la ejecución se suspende hasta que sea firme en via administrativa.
Por otra parte, la prescripción la aplica de oficio la Administración, sin que sea necesario que tu la alegues.
¿Pero no sé que tengo que hacer en mi caso, voy a Hacienda a pedir algo o donde voy?
Al no tener ingresos no puedo dárselo a abogados ni a nadie que me cobre
Si como Vd. dice no tiene ni ingresos ni bienes, creo que lo mejor es que no haga nada: si han pasado cuatro años desde que Vd. tuvo las últimas noticias, la deuda debería haber prescrito.
Quiero saber si han pasado los 4 años, aunque la deuda sea de 2007 y la última sanción creo que de 2010.
Doy por sentenciado que la deuda de la venta que es la renta de 2007 está prescrita, pero me inquieta esto y la sanción de 2010, aparte del ayuntamiento que también me piden por basura, alcantarillado y se que más
....pues, salvo mejor opinión, insisto en que, a pesar de su inquietud, lo mejor es que no haga nada, si como dice no tiene ningún ingreso ni patrimonio.