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¿Prescriben las rentas de alquiler?

2 Comentarios
 
04/01/2005 12:58
Muchas gracias ADOLFO769, ya lo vi con un abogado pero creo que no será su especialidad porque no me sabe dar respuestas.
30/12/2004 22:35
La acción prescribe a los veinte años, si en el contrato no se pactó subida alguna, tendría que pagar exactamente la renta pactada. Si en contrato se exige el consentimiento para realizar las obras, es conveniente no reclamar nada, si no se exige, las que se puedan probar respecto a pagos de impuestos que usted realizase voluntariamente. No podría reclamar dicho importe. Ahora bien, no es lo mismo no pagar cuando se reclama el pago, en el tiempo debido, que despreocuparse de la vivienda. Dicha despreocupación puede interpretarse como que "consintió" en no cobrar, dicho de otro modo. que le perdonó el pago de la renta. Consulte con un abogado que estudie detenidamente el contrato. Puede dar mucho juego.
¿prescriben las rentas de alquiler?
30/12/2004 20:06
Hace 29 años que vivo en un piso alquilado. Durante 15 años nadie ha venido a cobrar ni a preocuparse de la vivienda, de cuyo mantenimiento y arreglo de las distintas averías me hice yo cargo, pagando incluso varios recibos de impuestos. Ahora la propietaria me reclama el pago de recibos de 20 años y como no los encuentro, quiere que se los pague. Yo de las averías pagadas tengo algún recibo pero no todos.
Quisiera saber cuándo prescriben las cuotas de alquiler y que tanto por ciento me podría aplicar sobre la renta antigua, de 5.000.-ptas.