Voy a comprar una casa en el centro de Sevilla, con grado de protección C tipo 1. Su dueño anterior hizo una obra en 1998 en la que retranqueó la 1ª crujida (hizo un primer proyecto de obra sin incluir esto y se la aprobaron, luego hizo una solicitud para hacer este retranqueo y, al pasarse el plazo de espera, la hizo sin que se la aprobaran). El ayuntamiento le denegó el permiso y el dueño hizo un escrito. El tribunal superior de Andalucía se lo denegó y el dueño recurrió. No recibieron respuesta del tribunal correspondiente y desde hace 19 años no tienen noticias. El caso es que no quiero comprar la casa sin asegurarme de que no voy a verme obligada a pagar alguna sanción, o que me vayan a impedir hacer la más mínima reforma sin deshacer la obra anterior. ¿Qué experiencia hay en casos similares? ¿Hay posibilidad de que el caso se archive por el tiempo que lleva sin respuesta?
Desde la incredulidad de que un recurso presentado en el Tribunal Supremo no hay sido resuelto 19 años después, considero que la consulta deberías formularla en el foro de derecho procesal.
Pues esto es lo que me refiere el propietario de la casa, que de momento me parece una persona honrada, ya que ha insistido en que acuda con él a todas las indagaciones necesarias al ayuntamiento y juzgados.
Cambiaré de sitio la pregunta, como me sugiere. Gracias por responder tan pronto.