Lo que prescribe es el delito y, en su caso, la pena dictada. La denuncia se puede traspapelar, llegar al juzgado y dormir el sueño de los justos, generar la apertura de la instrucción y seguir abierta años, ... etc.
Las amenazas puede ser delito o falta según la gravedad de la amenaza, el Bien Jurídico amenazado, el sujeto al que se amenaze,... etc.
Me gustaría que me diérais información sobre el siguiente tema.
Prescribe en un momento determinado una denuncia por amenazas?
Puede ser falta o delito, ¿Según se determine?
¿Por qué?