En la Admón existen funcionarios y personal laboral....Unos supuestamente se rigenpor el EBEP y los laborales por los convenios colectivos. pero mi duda surge con el régimen disciplinario, más concretamente con la prescripción.
Al personal laboral ¿Se le debe aplicar el régimen disciplinario del EBEP en el tema de prescripción marca 2 años? ¿O se les debe aplicar la prescipción que rige en el convenio colectivo para personal laboral del estado.Pues la Admón aplica las 2, 1º aplica la del Convenio Colectivo( 6 meses), y al final como se han pasado en el tiempo, aplican la de EBEP(2 años)¿Qué dice la Ley que hay que aplicar legalmente al personal laboral dentro de la prescripción de Régimen disciplinario para un expte. disciplinario? Pues lo que si es seguro que no se pueden aplicar ambas. Gracias.