Hola, tengo un contrato de alquiler de una año prorrogable, el día 5/08/21 cumplí mi primer año, y ahora la propietaria dice que necesita el piso para su hijo, me gustaría saber si eso se puede hacer o que derechos tengo yo, ya que el contrato ha quedado renovado, gracias
El art. 9, 3 de la LAU establece que el casero, si e spersona física y no empresa, puede recuperar el piso si lo necesita para su hijo. Pero solamente si lo hizo constar en el contrato de forma expresa.
Lea bien el contrato ¿pone que el arrendador puede recuperar el piso si lo necesita?
En caso de que lo ponga, le debe dar un preaviso de dos meses.