Si vas a alquilar un local comercial tienes que registrarte para pagar el IVA. Se paga cada tres meses y el formulario te lo pueden facilitar en Hacienda, con toda la información.
Una vez registrado, debes hacerte con un librito de facturación (lo puedes comprar en el chino). Las facturas hay que numerarlas.
Es el alquiler, más el IVA, menos la retención. Ambos porcentajes se aplican al alquiler neto.
Los porcentajes son ahora 18% de retención y 16% de IVA. Van a cambiar, así que estate al tanto.
Como propietario de local comercial, yo seguiría el consejo de Jan. El contrato, que te lo haga un profesional, aunque tengas que empeñar el reloj para pagarle. No te puedes imaginar la cantidad de problemas (y dinero) que te puedes ahorrar si haces las cosas bien desde el principio.
Hola anna-anna. La mejor forma de evitarse problemas futuros es buscar el asesoramiento profesional de un especialista en materia arrendaticia, que le asesore sobre las cláusulas que obligatoriamente deben constar, las que pueden ser objeto de negociación por las partes, las que la prudencia aconseja no incluir por la interpretación que la jurisprudencia ha hecho de ellas y, finalmente, de los aspectos fiscales inherentes al contrato de arrendamiento.
Si desea contactar conmigo envie un email a armandogarcia@ical.es, indicando su nick de esta página y el texto de la consulta, o visite nuestra web http://letradosalquileres.es.tl