En 2022 me vi involucrada en un tema consistente en que alguien me suplantó la identidad e hizo una serie de gastos en mi nombre. Me embargaron una cuenta y sigue embargada a la espera de la resolución de un procedimiento que no termina nunca. La persona responsable (el suplantador estafador) hizo lo mismo con otra persona a la que también se embargó y estamos las dos metidas en el tema con las cuentas embargadas y la vida congelada sin poder hacer nada por una deuda sobre nosotras.
En la parte penal en instrucción parece que se acordó bastante claramente que yo no soy la persona que hizo esos gastos pero nunca se declaró así para que se me desvincule del tema y el juicio civil sigue y sigue sin finalizar. El abogado no me ofrece una respuesta clara más que indicaciones de que sigue recibiendo notificaciones y enviando requerimientos. No me fio o parece que no está actuando.
¿Alguien me puede decir - sin responderme que pregunte a mi abogado - si esto es normal teniendo en cuenta que estamos en junio de 2024? ¿Se puede hacer algo para pedir que se me declare fuera del procedimiento y levante el embargo?
La parte del juzgado de instrucción, que parece responsable de determinar si yo tengo o no tengo nada que ver con este asunto no acaba de finalizar con el tema ni declararme exenta del asunto. El abogado ha enviado una nueva solicitud de información sobre cómo va lo mío en ese ámbito, pero es otra más y veo que esto no acaba nunca.
¿Me podeis decir si esto es normal? Se me ha ocurrido buscar otro abogado pero no sé si es por culpa de ese abogado o si esto es normal.
¿Me podeis decir cómo funcionan estos temas? ¿Se puede terminar este procedimiento pidiendo que se sobresea lo mío o como se diga?
¿Se puede pedir que se me levante el embargo por el transcurso de tiempo y que temine esto?
Por favor una aclaración o guía. Estoy desesperada.
Dice usted que "parece" que en el procedimiento penal se acordó bastante claro que usted no es la responsable de la deuda por la que la tienen embargada. Compruebe esta información por escrito, suponemos que con una sentencia o un auto, y a partir de ahí puede actuar en el procedimiento de ejecución sobre el que se debería haber pedido la suspensión por prejudicialidad penal, y si no se ha hecho tiene vías de recurso; pero hágase con la resolución penal.
Muchas gracias por responder. El solo hecho de que alguien responda ya es importante.
El problema es que no hay resolución penal. Parece que está en trámite.
Lo que me gustaría saber es si es normal que lleve años esta cuestión. Teniendo en cuenta que es un caso simple.
Lo que me dijeron en la Policía es que ellos ven claro que yo no soy la respondable de esos contratos ni cargos. Pero no el juzgado, que parece que sigue trabajando en ello.
¿Es normal esta tardanza de años? ¿No se puede hacer nada?
Entiendo lo que dice usted. Un auto o resolución que declare que yo no tengo nada que ver con ese tema. Pero ¿cuándo?
Que el LAJ le certifique que el juzgado a su cargo está tramitando las Diligencias Previas (identificándolas), por el delito de estafa, falsificación o ambas y que usted está en calidad de parte, víctima o las dos. Vaya con ese certificado al procedimiento civil y pida la suspensión, asimismo de los embargos acordados. "Cuánto tiempo" o "cuánto tarda" son expresiones que no existen en nuestra profesión, porque ni el propio juez podría contestarlas.