Soy prejubilado de un banco, el cual me paga la cuota empresarial de la seg. social junto con la cantidad mensual pactada. Después pago el recibo de seguridad social (parte empresarial más cuota personal) No he percibido ni percibo prestación de desempleo. En el contrato de prejubilación tengo firmado que no puedo dedicarme a trabajos que sean en competencia con los intereses del banco que me paga (Seguros, colaborador de otra entidad financiera o crediticia, etc) Tengo la posibilidad de ser agente de ventas de productos industriales. Pregunta: ¿Puedo hacerlo sin necesidad de pagar al régimen de autónomos u otro tipo de régimen dado que ya cotizo mensualmente a la Tesorería de la Seg. Social?
Consultalo en la S.S. Creo que te puedes dar de baja, transitoriamente, del regimen especial, y si posteriormente te fuera mal el negocio, puedes volver a ese regimen.
Pero, ten cuidado, ¿cotizas tu directamente a la SS?, es decir, ¿tu Banco te ingresa en cuenta el importe de la SS, y despues tu cotizas, con cargo a esa cuenta, ó a otra, si así quisieras hacerlo, ó el Banco te hace el abono y el cargo?, porque cada Banco tiene su propia forma de actuar, y podría ser que si ahora cotizas como autónomo, tu Banco te "limpiara" el importe que corresponde a tu cotización a al SS, con lo cual, echa cuentas de que tendrias que generar un mínimo de ingresos de 880€ para estar a la par que ahora, y ademas en este caso, sería cero, tu retribución por el trabajo.
Un saludo.
Hola: Soy prejubilado de banca desde hace 5 años y cotizo 880 euros todos los meses a la S.S. en virtud de un convenio especial creado para prejubilados. Simultáneamente tengo un negocio de ropa, debidamente legalizado, con 1 empleado por el que cotizo 290 euros mensuales en régimen general de la S.S. En el negocio, yo no trabajo ni realizo labor alguna, pues es el empleado quien lo lleva todo. Mi pregunta es: estoy obligado a pagar yo tambien a la S.S....? a mayores de los 880 euros que ya estoy pagando por prejubilado...? en caso afirmativo que alternativa tendría para no tener que pagar los 880 euros mios 290 euros del empleado otros supuestos 300 euros míos por este negocio.....? además de cerrarlo claro está.