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prejubilacion

3 Comentarios
 
Prejubilacion
perfil Pua
06/10/2006 14:18
hola buenos dias:trabajo en una empresa y tenemos recogido en combenio la prejubilacion con contrato de relevo a los 60 año pra los tecnicos no hay problemas se contrata a uno del paro por 5 años y se prejubila el tecnico no hasi los tecnicos jefes que por la caracteristicas de la empresa no los hay en el paro y el RD 1131/2002 dice que el relebo hay que hacerlo con trabajadores en el paro.
puedo yo demandar a mi empresa para que cumpla el combinio y que responsabilidad puedo pedirle.un saludo
08/10/2006 15:12
habría que mirar el convenio colectivo pero si establece la obligación para todos los trabajadores entiendo, en princpio que sí podría exigirsles su cumplimiento.
perfil Pua
08/10/2006 18:48
A tos los trabajadores de plantilla que tengan cumplido los 60 años y que soliciten voluntariamente acojerse a la jubilacion parcial etablecida en RD1131/2002 de 31 octubre la empresa,previa autorizacion de los organismos competentes en materia de empleo publico y de conformidad con los siguientes criterios
1ºnotificarlo con tres meses de antelcion
2º encaso de ocupar puesto de estructura cesar antes de formalizar el contrato de relevo ect.....
el no reconocimiento de la prestacion de la jubilacion parcial por parte de instituto nacional de la seguridad sosial conllevara la retroactividad del trabajador.
el trabajodor con el que se suscriba el contrato de relevo debe de ser desempleado o eventual en la empresa.
08/10/2006 22:23
PUES NO VEO EL PROBLEMA. Lo normal es que busquen un trabajador con tu perfi para cubrir el puesto y le hagan "apuntarse" al paro. Es raro que no encuentren a nadie para ese contrato de relevo, como dicen.

yo creo que te están dando largas. Solicitalo y verás como empiezan a buscar a alguien de verdad.