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11 Comentarios
 
perfil Cir
23/05/2011 00:23
Muchas gracias nuevamente por tu interés, alga. Van mal como lo tengo, creo que es mejor esperar respuesta del ayuntamiento y si es desfavorable, presentar recurso contencioso-administrativo y esperar mientras tanto a que salga el decreto-amnistía que esperamos en Andalucia. Por lo que veo, creo que es mi única esperanza. ¿Sabes tú algo de esto? ¿Entraría mi casa en este decreto? Gracias. Saludos cordiales.
22/05/2011 11:50
A veces, en cuestiones de las que no se tiene todo el expediente delante para su estudio, resulta complicado dar una respuesta ajustada a derecho, no obstante me aventuro a darla desde la intuición.

Hay que tener en cuenta que el hecho de solicitar una licencia para edificar en suelo no urbanizable, desencadena un procedimiento que puede tardar meses o años en resolverse.

La contestación del ayuntamiento creo que fue la adecuada al remitirte a esos artículos de la ley para que fueses tu mismo quien, como interesado, dedujeras la documentación que debías presentar junto con la solicitud. . Considero que ese ha sido un error tuyo del que no puedes responsabilizar al ayuntamiento.

El ayuntamiento no tenía que contestar a tu solicitud concediendo o denegando esa licencia, al considerar improcedente tu solicitud e indicarte los preceptos de la ley que eran de aplicación en esa clase de suelo, era tu obligación estudiarlos y adjuntar a la licencia solicitada los documentos exigidos en los mismos. ( Carece de sentido enumerarlos de uno en uno cuando puedes verificarlo de la propia ley )

Es decir, en mi opinión no puedes alegar indefensión porque pudiste conocer las obligaciones que la ley te impone. Debiste justificar que la superficie de la parcela cumplía con la unidad mínima de cultivo para que ( quizá ) te hubiese concedido la licencia, pero si no podías justificar esa realidad tu obligación era presentar el Proyecto de Actuación indicado en la ley para que el ayuntamiento lo remitiera a la Consejería que debía emitir informe correspondiente, que podía ser favorable, pero también desfavorable, en cuyo caso la licencia solicitada no podía ser concedida por el ayuntamiento.

Me es imposible conocer la superficie de la unidad mínima de cultivo establecida en la zona para opinar si puede ser legalizada la casa instalada, ese dato te lo darán en la Consejería de Agricultura.

Tampoco conozco los criterios que toma en consideración la Consejería en la emisión de ingformes, si entiendo preceptivo como documentación a presentar, junto a la solicitud de licencia, el Proyecto de Actuación redactado por técnico competente y visado por el respectivo colegio profesional, sin el cual la Consejería de Medio Ambiente no puede emitir el preceptivo informe.
perfil Cir
21/05/2011 19:23
Gracias de nuevo por tu contestación. Pero si te fijas en todo lo redactado anteriormente, al contestarme a la solicitud de la licencia, no me pidieron nada para que procediera a legalizarla, (me contenstaron que "en principio, parece no procedente...) y casi un año más tarde emiten el informe desfavorable, resolución que no recibí hasta otro año después, en 2009. A eso es a lo que me refería en mi consulta. Después del recurso que presenté a esta resolución es cuando me han puesto la sanción, ahora en el 2011. No he recibido nada de nada, por eso creo que han obrado sin darme derecho a defenderme. ¿Qué opinas tú de ello? Por otro lado, hago nuevamente las otras preguntas, ¿crees que es posible legalizarla, qué técnico es competente para ello al no llevar cimentación ni acometidas y si en el municipio no hay PGOU a qué ley hay que acogerse para las medidas máximas permitidas en rústico? Gracias nuevamente.
19/05/2011 13:43
Al decir declarar nulo de pleno derecho entiendo que quieres decir si puedes solicitar la prescripción de la infraccción.

En mi opinión no. Los procedimientos pueden caducar cuando hay desiria en su tramitación por parte del ayuntamiento, que no puedo saber si ha ocurrido, pero si la adminstración cumple los plazos y requiere al administrado justificar documentalmente algún requisito necesario y este hace caso omiso, el plazo de prescripción queda automáticamente paralizado. No corre, y eso es lo que me parece que ha ocurrido.

Parece ser que en su momento no justificaste documentalmente el cumplimento con la superficie mínima de cultivo de tu parcela, ni tampoco presentaste el Proyecto de Actuación que son requisitos necesarios para poder estudiar si procedía autorizar la instalación de la casa.

Ahora te piden de nuevo lo mismo que antes con el agravante de la sanción impuesta, pues en mi opinión la infracción no ha prescrito y, como ya apunté, creo que el ayuntamiento ha procedido correctamente.

A veces olvidamos que, cuando quiere, la administración es como una apisonadora, lenta pero segura.
perfil Cir
19/05/2011 12:30
Gracias alga por tu respuesta, pero sólo he entendido lo que ya sabía, lo negro que lo tengo. Sin embargo, no he encontrado respuestas a mis preguntas. No sé si se puede declarar nulo de pleno derecho pues desde marzo de 2007 que solicité la licencia hasta abril de 2011 no me abren expediente, aunque como tú dices, y yo no pongo en duda, lleve implícita la sanción. Me refería con mi consulta a los plazos y a los trámites que debieron seguirse en este procedimiento, es decir, si acogiéndome a ello tendría alguna base para que me aceptarán a la anulación. Por otro lado, ¿ Crees que sería posible legalizarla dada la opción que me dan desde el Ayuntamiento y de qué forma puedo hacerlo? Gracias de nuevo a ti y a todo el que queda darme una respuesta.
16/05/2011 09:44
Mi opinión es que te encuentras en una situación urbanística nada favorable.

También es mi opinión que no veo incumplimiento del procedimiento por parte de la administración, la apertura de un expediente de disciplina urbanística puede conllevar implícito un expediente sancionador.



perfil Cir
15/05/2011 19:13
Por cierto, en este municipio tan sólo hay aprobado "inicialmente" un PGOU en el año 2004 y otro ahora, en Octubre de 2010, con lo cual deduzco que no hay ninguno definitivo. Si fuera el caso de que no pudiéramos remitirnos a ninguno por no estar aprobados definitivamente, qué dimensión máxima me dejarían para cuarto de aperos y en base a qué. Gracias de nuevo.
perfil Cir
15/05/2011 19:06
Hola a todos, yo también tengo una duda sobre los plazos de prescripción de delitos urbanísticos y, sobre todo, cuándo se declaran nulos de pleno derecho los procedimientos. Llevo todo el día buscando algo sobre ello en el foro y no he encontrado nada al respecto. Os explico mi caso por si alguien puede ayudarme.
Soy propietaria de una parcela de 3.700 m. en suelo no urbanizable en un pueblo de la provincia de Huelva. En febrero de 2007, ante la oportunidad que me brindó un conocido, compré a muy buen precio una casa de madera prefabricada de 25 metros cuadrados. La instalé en la parcela sobre 24 troncos insertados en la tierra. A mitad del montaje, el guarda rural me dijo que tenía que solicitar la licencia y así lo hice ya metidos en marzo. Como contestación a esta solicitud de licencia, en la que puse que sería como cuarto de aperos, me contestan en el mes de junio diciendo que "en principio parece no procedente tanto por las dimensiones de la parcela como por la explotación agrícola que en ella se pudiera realizar" y me remiten a los artículos 44, 46 y 52 de la LOUA. Tras recibir esto y, como ni me lo aprobaban ni me lo denegaban, no hice nada más, aunque sí terminé la casa. En Septiembre de 2009 fui al ayuntamiento para ver si había alguna carta que no hubiera recibido y me dicen que sí, que hay una de abril de 2008, la cual recojo y en la que se reafirman en considerar como desfavorable la licencia, pues debí presentar "justificante a la procedencia a la actuación y, en su caso, el correspondiente proyecto técnico" cosa que en ningún momento me avisaron de que tuviera que hacer. Contra esta carta presenté recurso explicando que al tratarse de una cabaña que no estaba anclada al suelo y que se presupone de fácil transporte, y no tener acometida de suministros como luz o agua, no consideré la necesidad de presentar dicho proyecto.
A este recurso me han contestado en fecha 26 de Abril de este año. Además de declarar nuevamente como desfavorable la licencia que solicité en su día por no presentar proyecto técnico y tener vistas de ser más de uso residencial que agrícola, me instan a legalizar la obra efectuada y además me imponen una sanción de 5.999 Euros. He presentado recurso de reposición solicitando instrucciones sobre cómo proceder a la legalización e información sobre qué técnico es competente para ello, pues la casa no lleva ni cimentación ni acometidas, además de la declaración del procedimiento nulo de pleno derecho por imponerme directamente una sanción dejándome en la más absoluta de las indefensiones.
Mis preguntas son las siguientes:
1. ¿ Cuál es vuestra opinión al respecto?
2. ¿Es posible declarar el procedimiento nulo por no cumplir los trámites establecidos? (En ninguno de los documentos que tengo hablo de inicio de expediente sancionador, tan sólo en el último me hablan de "Expediente de disciplina urbanística")?
Gracias a todos por vuestro interés.
11/05/2011 19:54
La comunidad autónoma es Asturias, y la casa pertenece al Ayuntamiento de Gijón. Gracias por sus respuestas, un saludo.
10/05/2011 20:27
Si no ha sido debídamente notificado el " archivo del caso ", me temo que la orden de derribo estará vigente durante 15 años.
perfil veo
10/05/2011 18:08
independientemente de donde sea, lo mejor es no mover nada

según cual sea la comunidad, y cual la clasificación urbanística, puede que haya prescrito, o puede que no
Preescribió?
09/05/2011 16:57
Hace 4 años nos llegó notificación del Ayuntamiento con una orden de derribo de una ampliación que habiamos echo en una casa rural, gracias a unos contactos conseguimos que se "archivara el caso" y hasta la fecha no hemos sabido más. Mi pregunta es que si ahora que han pasado 4 años desde esta notificación ya ha preescrito y se puede legalizar la ampliación de la casa, o es mejor no mover nada por si nos lo mandan derribar otra vez?. Muchas gracias por su atención, un saludo.