Por lo que tengo entendido, existe un precio de venta máximo en los pisos con inquilino de renta antigua (referenciado a su alquiler mediante unas tablas). Si comunicado al inquilino el precio de venta, este no hace uso de su derecho de tanteo, tiene posteriormente derecho a impugnar la venta por que el precio de venta haya sido superior al que marcan las tablas.
Es evidente que estos precios de venta referenciados a las rentas, dejan desprotegidos a los propietarios.