El precio confesado, es el precio que reconocer recibir, que puede ser mayor ( para simular un adonación ) o menor ( cuestiones fiscales ) al recibido. Es el precio "oficial" de la operación de cara a terceros, pero no tiene por que ser el real. Ademas, ten en cuenta que el precio raramente se abona en la escritura, y que unicamente se dice que el vendedor manifiesta haberlo recibido con anterioridad al acto.
pues no son sinónimos, precio alzado significa que tú compras una cosa, sin consideración a su medida o superficie, lo que se llama a un tanto alzado, y precio confesado, aunque no es un término jurídico supongo que significa el precio pactado