Lo que se precinta por el Ayuntamiento no es la propiedad, sino la actividad empresarial en funcionamiento sin licencia. El responsable del local no puede ejercer dicha actividad hasta que la licencia sea obtenida, pero esto no impide que entre en el local siempre y cuando no desarrolle la actividad. No obstante, si existe un precinto policial en la puerta del establecimiento es recomendable solicitar el desprecinto al Ayuntamiento, para que la Policía conozca el motivo del mismo.
mi local ha sido precintado por el ayuntamiento por no tener la licencia de apertura, el problema que ahora me piden cada vez que voy algo mas que no me habian dicho cuando hice la solicitud de apertura, y yo quiero saber si yo puedo entrar al local precintado solo para arreglar o para limpiar y ventilar sin autorizacion del ayuntamiento, ya que hace mas de 2 meses que esta cerrado. Yo soy inquilina y me ha dicho un abogado que tanto la dueña como el/la inquilino/a puede acceder al local sin solicitar y especificar al ayuntamiento para que, siempre que no se incumpla la ley de atencion al publico sin licencia.desde ya mucha gracias