Que el órgano que va a resolver obligatoriamente debe solicitar ese dictámen del órgano consultivo, pero que el contenido de ese dictámen no le obliga a seguirlo.
lo que es lo mismo, un gasto tonto de papel....porque aunque sea obligatorio el solicitarlo (preceptivo) ya puede poner lo que ponga que el organo interesado no le va a prestar la menor atencion.....ya que no vincula