Hola buenos días. Os comento el caso: el propietario de una parcela urbana, con un patio al detrás, pactó con su hermano que éste último se le autorizaba el uso del patio para poder colocar materiales de construcción, a cambio de las mejoras que se produjesen en el patio (asfaltado, rasado, puertas de acceso). No se pactó plazo alguno. 4 años después el titular de la parcela quiere que su hermano deje de usar el patio, y éste accede a marchar pero llevándose las mejoras efectuadas en la parcela (puertas de acceso). ¿Estamos en presencia de un precarista? ¿Si acudo a la vía civil, la acción adecuada a interponer es una condena de hacer para que reponga las cosas al estado en que se hallaban? O es mejor acudir a la vía penal y interponer una querella por apropiación indebida?
Espero que me podáis ayudar un poquito...
Gracias de antemano.