Hola Reius. De las dos opciones que planteas la única viable procesalmente hablando es la 1º, ya que en la segunda ejercerías dos acciones incompatibles entre sí.
Quiero enfocar como un precario un contrato verbal de arrendamiento que el arrendatario no reconocerá, ya mi cliente-arrendador sólo quiere el desahucio, por la vía que sea.
- ¿Creéis que debería instar antes un declarativo para que el juzgado califique la relación jurídica y luego instar el correspondiente desahucio?.
- ¿Cabe la posibilidad de plantear en la misma demanda un desahucio por impago de rentas y, subsidiariamente, un desahucio por precario, ya que ambos procesos se ventilan por el juicio verbal?.