Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Preaviso y desistimiento (anterior a la reforma)

1 Comentarios
 
12/01/2017 12:50
Davide82
No, no, se confunde de régimen. Vamos a ver: el art. 11 LAU en su redacción anterior a la reforma de 2013 está previsto para cuando la duración INICIAL pactada es superior a 5 años.
Por lo que dice no es su caso. En su caso lo que ocurre es que el contrato se ha prorrogado durante 5 años (que es lo que marca el art. 9 LAU) y ahora se encuentra en el primer año de prórroga de los 3 adicionales que marca el art. 10 LAU en caso de que las partes no digan nada.
Por lo tanto lo que le está diciendo el inquilino es que no quiere continuar con la 2 prorroga anual y por lo tanto el plazo correcto es de 30 días, no de 60.
Por tanto, en sentido estricto no le corresponde indemnización alguna SIN EMBARGO si que tiene derecho EN PRINCIPIO Aa que le satisfaga todas las rentas hasta el fin de esta prórroga, esto es hasta el 31 de marzo, simplemente porque se comprometió a estar un año completo y no lo ha cumplido. Probablemente 2 meses sea una cantidad razonable.
Preaviso y desistimiento (anterior a la reforma)
12/01/2017 09:56
¡Hola eminencias!
Tengo unas dudas con el preaviso que me dio el arrendatario. Se firmo contrato el 1 de Abril de 2011 a 1 de Abril de 2016 y se prorrogo tacitamente en un año mas hasta el 1 de Abril de 2017. La cuestion es que el 30 de Noviembre de 2016 recibo una llamada telefonica en la que el inquilino me dio el preaviso de que abandonaria la vivienda el 1 de Enero de 2017. Esto es, no me aviso con 60 dias de antelacion como exige el articulo 11 de LAU 29/1994 anterior a la reforma de 2013. ¿Asi pues cuantos dias exactamente tengo derecho a exigirle como indeminzacion?. ¿Dos mensualiades enteras?. ¿59 dias?... Gracias.