Mi pregunta es si, en un arrendamiento de temporada de un inmueble, es necesario el preaviso del arrendador para que abandone el arrendatario la vivienda transcurrido el plazo de duración del contrato en el caso de que el contrato no incluya ninguna cláusula de preaviso.
Salvo mejor opinión, creo que un contrato de temporada, se extingue cuando ha transcurrido el plazo pactado. No es necesario preaviso.
Ni no es así, tambien estaría interesado en el tema.
Hola kalhuo. Para evitar problemas futuros como, por ejemplo, la oposición del arrendatario por entender que el contrato ha entrado en la tácita reconducción civil, es necesario comunicar fehacientemente la voluntad de no prorrogar el contrato.
Muchísimas gracias a ambos. Jan, entiendo entonces que es conveniente preavisar y no hay ningún plazo mínimo para hacerlo, no? Puede comunicarse fehacientemente unos días antes...
Hola kalhuo. Puede comuicar su voluntad de no prorrogar el contrato antes de la finalización del plazo pactado o durante los 15 días posteriores al vencimiento del mismo.