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Preaviso despido objetivo

5 Comentarios
 
18/06/2004 17:22
Muchas gracias a todos. Estaba casi segura de que así era, pero el hecho de que en un sindicato les dijeran otra cosa me había hecho dudar. Gracias de nuevo a todos. Haceis una labor estupenda.
18/06/2004 16:58
Pym, el despido, aún observándose todas esas formalidades, podrá ser procedente o igualmente improcedente, en función de que el juez estime o no que concurren las cuasas alegadas.

La consecuencia de no cumplir con todos esos requisitos no es la procedencia si no la nulidad (salvo la falta de preaviso, que se puede sustituir por el pago de los salarios correspondientes).

Y es importante tener en cuenta esta distinción, puesto que si es improcdente, se puede llevar a cabo igualmente el despido (pagando un poco más, eso sí) en cambio si es nula, implica necesariamente la readmisión y el abono de los salarios durante el tiempo transcurrido desde el despido hasta la readmisión.

Un saludo.

Nando
18/06/2004 15:26
Es que he descubierto esto de los derechos de los trabajadores y me "enerrrrba" ver como intentan tomarle el pelo al personal.
Y hay que ver como se aprende, caray
perfil pym
18/06/2004 14:51
Cagüen la leche Titanet! Si estás en todas partes!!! Lo tuyo sí que es vocación! El despido por causas objetivas se regula en el Et. El preaviso tiene que ser de 30 días, y debe ir acompañado de la indemnización correspondiente por 20 días. El trabajador dispondrá de unas 6 horas a la semana para buscar otro trabajo y es requisito entregarlo por escrito explicando la causa de la extinción. De no hacerlo de esta forma el despido sería considerado improcedente!
18/06/2004 12:50
Si es objetivo por causas económicas según el ET son 30 días, si en el convenio que os afecta pone otra cosa.......
Preaviso despido objetivo
18/06/2004 12:45
Hola a todos!!
Mi pregunta es cuál es el preaviso para un despido objetivo por causas económicas. Tengo entendido que son 30 días pero el asesor de un sindicato se lo está discutiendo al trabajador de mi cliente. Gracias.