AYUDADME POR FA!! tengo un contrato eventual por circunstancias de la produccion, de duracion 6 meses. lo q pasa es q quiero dejar la empresa y no sé el periodo minimo de preaviso q tengo que hacer, para q las cosas sean bien hechas. a ver si vosotros... gracias!!!
En caso de dimisión del trabajador como es tu caso ,se debe de comunicar la decisión al empresario, mediante el preaviso. La exigencia de preaviso no está sujeta a requisitos de forma, por lo que puede hacerse en forma verbal o escrita, pero el art. 49.1.de ET impone al trabajador el cumplimiento de un plazo de de preaviso, que será establecido en convenio colectivo o, en su defecto, por la costumbre del lugar; en defecto de ambos puede servir de regla el de los 15 días (art. 49.1.c.3 ET).
Lo mejor para tu tranquilidad comunicar el preaviso por escrito y 15 díasn antes del día que quieras "dimitir" de tu relación laboral.
muchas gracias chicos! pero ahora tengo otra pregunta.. en caso de despido, el preaviso minimo en este tipo de contratos: eventual por circ. de la produccion, de 6 meses de duracion, cuanto es? pq de hoy pa mañana no se puede hacer, no? 15 dias tb? y me imagino q por escrito... gracias de nuevo!!
estas seguro de q el despido puede ser verbal de hoy para hoy? creo q ha de mediar un plazo de preaviso... y ha de ser por escrito. matizadmelo porfavor!!! gracias
En mi opinión, una cosa es la denuncia de finalización del contrato, que puede hacerla tanto la empresa como el trabajador y que solo deberá realizarse con preaviso (por cualquiera de las partes) cuando el contrato dure mas de 1 año, y otra cosa muy distinta es la baja voluntaria del trabajador.
Yo entiendo que el trabajador, una vez superado el periodo de prueba debe preavisar a la empresa en caso de baja voluntaria con independencia de la duración del contrato o su modalidad, respetando los plazos que se establezcan en el convenio colectivo aplicable o en su defecto, la costumbre del lugar (coincido con BEN). La regla general suele ser de 15 dias.
Por supuesto, si en el propio contrato figura un determinado preaviso, será ese el aplicable, salvo que el convenio diga lo contrario.
No sientas discrepar con migo, al contrario, eso, sin duda, es una señal de sabiduría.
De todos modos, siendo muy sabias tus palabras en este último hilo, creo que se dan respuesta a un supuesto de hecho distinto al que plantea lamalajim, en segunda instancia.
Afinco, entiendo que discrepas con the end en cuanto a que el despido pueda ser verbal, porque en el resto creo que lo que dice es correcto. Si se trata de un despido, independientemente del tipo de contrato y de su duración, puede ser con efecto inmediato (es decir, "de hoy para hoy"), salvo que sea por causas objetivas.
Todo lo que tu afirmas me parece perfecto (lo de distnguir el preaviso por fin de contrato de la baja voluntaria del trabajador), pero la posibilidad sobre la que pregunta lamalajin y a la que the end da respuesta es la de la comunicacion de despido (no de fin de contrato) por parta de la empresa.
muchas gracias!!! o sea, si me despiden puede ser de hoy para hoy sin preaviso de 15 dias, minimo? me parez q me lio... a ver: en caso de despido: 15 dias y por escrito, q si no se puede decir q abandoné el lugar de trabajo sin dar explicacon... si me voy, preaviso minimo de 15 dias, como norma general...
muchas gracias!!! o sea, si me despiden puede ser de hoy para hoy sin preaviso de 15 dias, minimo? me parez q me lio... a ver: en caso de despido: 15 dias y por escrito, q si no se puede decir q abandoné el lugar de trabajo sin dar explicacon... si me voy, preaviso minimo de 15 dias, como norma general...