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práctica derecho

2 Comentarios
 
Práctica derecho
30/11/2015 23:07
hola necesito ayuda con una práctica. de las 3 preguntas me falta una por contestar de la que no estoy muy segura.

Antonio y Paloma, que residen en Madrid deciden pasar unos días de vacaciones en Calpe. Reservan una habitación doble en un hotel de cinco estrellas. Al llegar al Hotel, Paloma indica al recepcionista del Hotel que en su maleta se contiene un collar de especial valor. El recepcionista le ofrece la posibilidad de utilizar la caja fuerte del hotel o la de seguridad de la habitación. Antonio le contesta que no hace falta, pues entiende que habrá un sobrecoste.
Una vez acomodados en la habitación, deciden salir de paseo por el casco antiguo de Calpe. Al volver al hotel, Antonio y Paloma deciden salir a cenar en un restaurante que han conocido en el casco histórico. Paloma decide vestirse con las mejores galas y por ello busca el collar en la maleta. Pero, este, ha desaparecido. Deciden presentar una queja en la recepción del Hotel. L a Dirección del hotel declina toda responsabilidad. Ante esta negativa, deciden abandonar el hotel sin abonar el importe del alojamiento. A las pocas horas, se presenta en el Hotel que han dejado, un empleado del hotel en el que ahora se alojan pidiendo las maletas que tenían allí.

La cuestión que me falta es:

si el hotel tiene que responder de la pérdida del collar

gracias
01/12/2015 09:49
Aunque no es una pregunta sobre arrendamientos, voy a intentar contestarla.
La respuesta se encuentra en el art. 1783 del Código Civil, a cuyo tenor:
"Artículo 1783
Se reputa también depósito necesario el de los efectos introducidos por los viajeros en las fondas y mesones. Los fondistas o mesoneros responden de ellos como tales depositarios, con tal que se hubiese dado conocimiento á los mismos, ó á sus dependientes, de los efectos introducidos en su casa, y que los viajeros por su parte observen las prevenciones que dichos posaderos ó sus sustitutos les hubiesen hecho sobre cuidado y vigilancia de los efectos."
En tu caso es evidente que los huéspedes no han seguido las instrucciones del hotel, con lo cual no van a poder reclamar nada.
Además hay otro argumento para denegar la responsabilidad del hotel, y es de orden procesal: la falta de prueba. En la práctica, la simple alegación de los huéspedes de que les han robado las joyas no va a prosperar. Ningún juez va a darles la razón, porque es evidente que podrían estar mintiendo.
01/12/2015 10:17
Gracias de todas formas. Estamos dando ahora arrendamiento, compraventa, depósito y hospedaje y no sabía muy bien a quién hacerle la consulta. Aún así me ha sido de utilidad para confirmar una de las opciones que tenia.
Saludos