Hola franromero. El Estatuto General de la Abogacía permite a los abogados colegiados defenderse a sí mismos en los pleitos en los que sean parte(demandante, demandado, denunciante, denunciado). Así que puedes ostentar la Defensa Técnica del litigio,aunque como sabes deberás contratar los servicios de un/a Procurador/a.
Buenas tardes, probablemente mi pregunta tenga una respuesta obvia, pero no me había pasado hasta ahora y tengo la siguiente duda:
Soy abogado colegiado si bien me dedico a asesoramiento y gestión fiscal. La cuestión es que un cliente me ha dejado a deber un dinero y quiero reclamarselo judicialmente. Por la cuantía corresponde con un procedimiento ordinario y la cuestión es si necesito que la demanda vaya firmada por otro abogado o puedo yo mismo que estoy colegiado firmar la demanda y ejercer mi defensa.
Muchas gracias por vuestra ayuda.