Estoy construyendo una vivienda unifamiliar en un terreno que todavía no está urbanizado, por lo que tengo que urbanizarlo yo. Es decir, tengo que poner acera, farolas y asfalto en la parte de mi terreno (que se convertirá en calle pública) que acabo de ceder al ayuntamiento.
En el terreno había un poste de media tensión, que ahora está en el terreno del ayuntamiento, queda justo en medio de lo que será la calle. En este caso, ¿debo pagar yo el traslado del palo? ¿debe hacerlo el ayuntamiento?...
La red de distribución eléctrica, desde el transformador mas cercano, constituye uno mas de los costes de urbanización.
Tendrás que verificar en el proyecto de urbanización del sector los requisitos que deben cumplirse. En mi opinión, el proyecto de urbanización debe contemplar el soterramiento de cuaquier clase de servicio.
En la ficha urbanística del planeamiento correspondiente al sector debe determinarse con cargo de quien va la retirada del poste.
Teniendo en cuenta que las cesiones al ayuntamiento son libres de costes de urbanización, considero que la retirada del poste debería constituir uno mas de los costes de urbanización con cargo de los propietarios del sector.
El PGOU del municipio contiene las fichas de todas las unidades de ejecución.
Probablemente el ayuntamiento la tendrá colgada en su web. De no tenerla, en las dependencias municipales tienen el PGOU a disposición de cualquier ciudadano que solicite examinarlo.