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Poste electrico

5 Comentarios
 
Poste electrico
04/11/2010 13:10
Hola,

Estoy con un asunto de ruina inminente....y otros colaterales.
La casa de mi cliente tenía en la fachada una farola pública, y ante el riesgo de derrumbamiento de la casa, decidió quitarla. Sin embargo, la vecina (dos casas pegadas), no esperó, llamó a E-ON, ... y ahora reclama el soterramiento del cableado, que además ha pasado por toda la finca(servidumbre) del cliente, sin permiso. ¿Que puedo hacer???Graciaas!!!
perfil veo
16/11/2010 13:24
creo que debería de aclararlo

si la fachada tenía riesgo de derrumbamiento, creo que lo lógico era comunicarlo a la compañía eléctrica para que retiraran la farola y, acto seguido, demoler la casa

lo de retirarla por su cuenta ha estado mal, porque no le pertenece, pero quizá no sea grave si la ha colocado en un poste provisional

no se preocupe por el hecho de que la vecina exija el soterramiento, ya que no es su cliente quien ha de hacerlo ... ni, por las buenas, tampoco lo hará la compañía

lo de la línea que pasa por la finca, conviene aclararlo, fundamentalmente el cómo y el desde cuándo
16/11/2010 17:21
Pero...me podría decir la base legal para que mi cliente no tenga que pagar el soterramiento del cableado??? porque realmente se podría haber puesto un poste en otro sitio..y más barato!

Del tema de que la linea pasa por la finca de mi cliente, es que la vecina para pasar a su casa lo hace por una servidumbre, y resulta que la vecina ha soterrado el cableado por la finca de mi cliente.

Gracias
perfil veo
16/11/2010 18:17
sobre el soterramiento en la parcela de su cliente, será porque su cliente lo ha consentido, porque la vecina no puede hacerlo ... porque eso es la constitución de una nueva servidumbre

sobre que su cliente ha de pagar el soterramiento, ¿en base a qué?, si su vecino se ha limitado a demoler lo que estaba en ruina

cosa distinta sería si su vecino construye un nuevo inmueble, para el que necesite red de energía eléctrica y ésta haya de ir necesariamente soterrada

cosa distinta será también si la parcela de su cliente se encuentra dentro de un área de desarrollo urbanístico en el que se incluyan obras de urbanización, a las que su cliente ha de contribuir en la medida de su cuota de participación en el área a desarrollar
16/11/2010 18:22
En primer lugar, gracias por contestar.

Mi cliente no ha dado el consentimiento. Por lo tanto, estaríamos ante una servidumbre sin consentimiento????

Muchas gracias. Un saludo.
perfil veo
16/11/2010 20:39
sí, y si no ha transcurrido más de un año ...