estimado
no se le ocurra decir ante un juez que esta tomando ansiolitico y encima la policia en un alto dio usted positivo pues no solo el juez le va hacer la puñeta por la infracion cometida si no que incluso puede aumentarla pues sabiendo usted que tomando ansiolitico u otro tipo de medicamente de esas carasteristicas lo que hace es aumentar el efecto del citado medicamento. pongase como imaginacion que como consecuencia de la interesante borrachera cogue usted a un viandante.... estimado si no esta calvo se le caeria el pelo
Desde luego que el foro cada vez deja más que desear.
Que yo entendiera, yo mismo, únicamente buscaba asesoramiento por una multa, y lo que se hace es juzgarle.
Es una pena que no ponga en la mesa 500€, y veríamos cuantos de los que la habeis juzgado pasabais a orientarle. Para que luego algunos se ofendan cuando nos llamen buitres.
A seguir bien.
Desde luego, "YO MISMO", se ha cubierto de gloria.
Dudo que alguien le pueda prestar ayuda, yo paso, porque lo que le iba a decir de su procedimiento no le iba a gustar, pues le perjudica, y seguro que me pondría de vuelta y media, sino lo hace igualmente...que todo se andará.
Yomismo: Cuando puse lo de ceromil, sabia lo que estaba diciendo y también sabia como mide los etilometros, lo que pasa es que usted se calienta y se vuelve loco enseguida mandando callar a otros foreros y alegando que no les ha pedido consejo. Me da la impresión que usted se comporta como un mimoso, que cuando no le conviene lo que le dicen se ensoberbia y falta el respeto a los demás parlantes..
Cuando pone un tema de este tipo en el foro, ¿ es que usted está eligiendo a unos y descartando a otros?. Debería ser más educado y no mandar callar a nadie. Ahora comprendo como le sacudieron de esa forma los agentes de la autoridad. Poco le han puesto, ya que al parecer va de gallito por la vida. Debería respeta a personas que a buen seguro le doblan la edad. Y otra cosa: me alegro ahora de no haberle ayudado o dado opiniones que pensaba expresarle, puesto que aunque usted no lo crea de este tema sé algo, y que podrían servir en el recurso, que pretende presentar. Denuncie ahora a los agentes que le denunciaron por no llevar un colchón preparado para ponerlo debajo cuando usted se pegara el talegazo, después de haberse hartado de copas e ir haciendo eses. Una cosa esta clara, y en eso tiene razón, esto me pasa por perder unos minutos en un tema y una persona como usted, lo cual lo hubiera deducido de haber leído atentamente sus exposiciones desde el comienzo, pero como el tiempo apremia y leemos de prisa…
Y otra cosa, eso sí, le pido disculpas por no haberle tratado de usted en mi primera intervención. Saludos.
De todas formas maicavasco, tienes mucha razón en cuanto al "non bis in idem", pero............. lee esto y luego me dices:
Ley de Seguridad Vial de, ley 17/2005.
Veinticuatro. Se incorpora una disposición adicional decimotercera, con la siguiente redacción:
DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOTERCERA. Efectos administrativos de las condenas penales que conlleven la privación del derecho a conducir.
El titular del permiso o licencia de conducción que haya sido condenado por sentencia firme por la comisión de un delito castigado con la privación del derecho a conducir un vehículo a motor o ciclomotor, para volver a conducir, deberá acreditar el haber superado con aprovechamiento el curso de reeducación y sensibilización vial al que hace referencia el primer párrafo del artículo 63.7.
Con esto me quitan los 6 puntos, pero con esto.........:
Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
Artículo 32.
1. No se podrán imponer sanciones penales y administrativas por unos mismos hechos.
Delito contra la seguridad del Tráfico Art. 379 y Ss., del Código Penal. ESTA INFRACION NO LLEVA PERDIDA DE PUNTOS y el plazo de prescripción es diferente a lo establecido en la Ley de Seguridad Vial. De recibir sentencia condenatoria podría ser castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses y, en su caso, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en cualquier caso, privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años
Cual de las dos Leyes tiene razon, la que me quita los puntos o la que no?
A ver, yomismo, lo que tienes que alegar es el "non bis in idem". Es decir, si ya has sido penado en un procedimiento penal, no te pueden penar en uno administrativo. Otra cosa, si te conformas con el carné, el juez lo más seguro es que, aparte de todo, te falle alguna pena de retirada del carnet. En cualquier caso, el juicio penal lo tienes difícil, porque la palabra de los agentes suele tener mucho peso. O sea que ... prepararos bien.
Mira Ramayet: Me parece que o no me explico, cosa que es dificil porque está bien claro, o que no has debido prestar la atención debida, porque ha quedado claro que la sentencia es firme, así que no se qué hablas de recurrir con lo de los medicamentos, que el Juez reduzca la sanción, etc, etc.
Yo hablo del recurso de una multa ajena al positivo, lee el post anterior al tuyo, a ver si te queda claro.
Y de paso, creo recordar que no te he pedido consejo, así que si tú te callas, pues mejor para ti, o peor, quien sabe. Y si con unas copas de vino das cero, pues mejor para ti, no todos tenemos el mismo metabolismo.
De todas formas no creo que al soplar fueras muy bien, porque si diste cero mil cerocientos cero cero, debiste soplar con un etilometro de juguete, porque los oficiales marcan 0.00, donde a partir de 3.00 estas en coma, así que como poco, darias cero unidades cero decimas y cero centesimas.
Mira Yomismo: en el tema veo demasiado embrollo. Está muy bien que te defiendas y recurras y consultes lo de los medicamentos , a ver si el Juez te reduce la sanción. Pero una cosa está clara, si a mi me para la policía y me he echado unas copitas, lo que hago es callarme la boquita y portarme lo mejor posible, pues sé que si encima de estar bebido me pongo rufo, lo que ocurre es empeorar las cosas. Ya te dice otro forero que 1,1, que al parecer diste en la prueba no sale por un par de copitas: Concretamente, te cuento que hace unos meses me pararon a mi en un control y me había tomado cenando una botellita de vino de las pequeñas (será de 33 cl). Me preguntaron si había tomado, les dije la verdad, y tras la prueba me enseñaron el aparato, resultado: ceromil cerocientos cero cero.
A pues va a ser que no, decirle que va a ser que si, Resulta que el atestado dice que la policia me vio conducir de la calle X a la calle Y de un lado a otro de la calzada, la distancia entre ambas calles es de 1735 metros y el trayecto no dura menos de 5 minutos con 11 semaforos y hablo de calles de hasta 4 carriles.
Es más, en el boletin de denuncia pone como lugar de infraccion la calle X, es decir, de donde emprendí la marcha, y sin embargo me dieron el alto en la calle Y.
Me denuncian pues, según el boletin, antes de haber comenzado la marcha, por lo cual es antes de haber cometido la infracción.
Y segundo, si la policia observa algo extraño, tarda casi dos kilometros detras de un pibe tambalenadose, poniendo en peligro su seguridad y lo que es más importante la del resto de ususarios de la via publica?
Lo que paso es que esa noche tuve un pequeño problema con esa misma patrulla, me vieron y me pararon, tan claro como eso.
Y si, di positivo, pero en una vespa, si vas de un lado a otro de la calzada, te digo por experiencia que no haces mas de 10 metros.
Ya está presentada, y como me la destestimen ya me buscare las formas de presentar queja formal a esa pareja de la nacional por no haber salvaguardado mi integridad durante casi los 2 km.
O es que estaban esperando a que produjera algún accidente? No me multaron ni siquiera por no sañalizar los cambios de carril, ni por no respetar las señales de circulación, a lo que me lleva que fue una venganza.
Es una pena que no hagan estos seguimientos a la gente que sale de los hipermercados de las drogas de las grandes ciudades.
lo unico que te queda es pagar, no vas a conseguir nada con recurrir, y lo de conducir al ingerir medicamentos no se , no se, me parece que algo hay por ahi, solo te puedo decir que lo que mas miran los jueces es el acta de sintomas, realizada por el policia, lo tienes dificil, la multa con un buen abogado te la pueden quitar, he visto gente con 0,80 y ponerle sancion de arestos domiciliarios, ahora que la retirada no te la quita ni dios, suerte, y la proxima no bebas que te saldra mas barato
A Cartagonova, amigo, como habrás podido ver, a yo mismo no le ha servido para nada; te puedo asegurar que el hispánico ingenio no ha dejado casi excusa alguna por argumentar, y creeme cuando digo que he oido de esas a puñaos, cada cual más alambicada, rebuscada o incluso sencilla y directa (éstas son las mejores).
Por lo menos, se agradece el esfuerzo.
Necesitaria una ayudita, no encuentro nada firme que sea de peso, y me quedan 10 días hábiles para no perder los puntos y ahorrarme 150 de multa y unos 400 para recuperar el carnet.